Objeto

El objeto es regular el procedimiento de concesión de subvenciones, por parte del
Ayuntamiento de Barakaldo a través de su Organismo Autónomo Inguralde, a empresas
y entidades para favorecer la formalización de contratos de trabajo con trabajadores y
trabajadoras por cuenta ajena, en el marco de la convocatoria de ayudas para acciones
locales de promoción del empleo de Lanbide – Servicio Vasco de Empleo publicada en
el «BOPV» de 20 de junio de 2018.

Dotación presupuestaria

202.209,62 euros

Límite

La ayuda máxima será de 3.000 euros por contrato de trabajo a jornada completa de
tres meses de duración y ayuda máxima de 6.000 euros por cada contrato de trabajo a
jornada completa de duración igual o superior a seis meses, sin que la cuantía final de
la misma pueda superar el 75% de los costes salariales y de Seguridad Social de las
personas contratadas, incluidas las indemnizaciones por fin de contrato y la cuota de
Seguridad Social con cargo a la empresa. En el caso de contratación a tiempo parcial o
por una duración entre tres y seis meses, la ayuda será proporcional a la jornada y/o al
tiempo trabajado.
Dicha ayuda máxima se podrá incrementar hasta un máximo de 9.000 euros si, además,
las personas contratadas pertenecen a algunos de los siguientes colectivos: personas
perceptoras titulares o beneficiarias de RGI, menores de 35 años y personas
que hayan estado inscritas como demandantes en Lanbide-SVE durante los 540 días
anteriores a la contratación siempre que en ese periodo hayan estado en situación de
desempleo, al menos, 360 días y personas desempleadas mayores de 55 años. La persona
contratada deberá pertenecer a alguno de dichos colectivos con anterioridad a la
fecha de contratación.
En este caso, la cuantía final no podrá superar el 100% de los costes salariales y de
Seguridad Social de las personas contratadas, incluidas las indemnizaciones por fin de
contrato y la cuota de Seguridad Social con cargo a la empresa, hasta un límite máximo
de 9.000,00 euros. En el caso de contratación a tiempo parcial o por una duración entre
tres y seis meses, la ayuda será proporcional a la jornada y/o al tiempo trabajado.
Todas las cuantías de subvención señaladas se incrementarán un 10% adicional
cuando los contratos se celebren con mujeres en ocupaciones en las que su presencia
respecto a los hombres sea inferior al 50%.

Entidades beneficiarias

Podrán ser beneficiarias de estas ayudas a la contratación, las personas físicas o jurídicas, de naturaleza privada, cualquiera que sea su forma jurídica, que formalicen contratos laborales con trabajadores y trabajadoras por cuenta ajena, con centro de trabajo y actividad económica en Barakaldo.

Requisitos

Todas las contrataciones, para ser objeto de ayuda deberán reunir las siguientes condiciones: En el momento de la contratación, la persona deberá estar desempleada y figurar inscrita como demandante de empleo en Lanbide-SVE y no estar dada de alta como trabajador/a en el Régimen General de la Seguridad Social, ni en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos. Además, la persona a contratar debe estar empadronada en Barakaldo a fecha de publicación de la correspondiente convocatoria de las presentes ayudas. No serán objeto de subvención la contratación del cónyuge, descendientes y demás parientes que tengan relación de parentesco por consanguinidad o afinidad, hasta el segundo grado inclusive, con la persona empresaria o con quienes tengan el control empresarial, ostenten cargos de dirección o sean miembros de los órganos de administración de las empresas que revistan la forma jurídica de sociedad. La duración mínima de los contratos será de 6 meses a jornada completa. Los contratos podrán ser de cualquier modalidad, a excepción del contrato para la formación y el aprendizaje y de prácticas. La contratación o contrataciones deberán suponer la creación neta de empleo sobre la plantilla media total existente en la empresa en los 3 meses inmediatamente anteriores a la incorporación de las personas cuyo contrato se subvencione. Solo podrán ser objeto de subvención las contrataciones cuya fecha de formalización esté comprendida en el periodo que se indique en la correspondiente convocatoria

Plazos de tramitación

08/01/2019 – 12/04/2019