Objeto

1. Participar en los costes de reestructuración y reconversión del viñedo en las siguientes líneas: Reimplantación del viñedo. Mejora de las técnicas de gestión de viñedos (Cambio de vaso a espaldera u otros sistemas de conducción) Reconversión varietal. 2. Compensar a los productores participantes en el plan por la pérdida de ingresos derivada de la aplicación del mismo.

Entidades beneficiarias

Podrán beneficiarse de estas ayudas, las personas titulares de explotaciones agrarias con parcelas con uso SIGPAC «viñedo» ubicadas en la Comunidad Autónoma de Euskadi que reúnan las siguientes condiciones.

Requisitos

a) La explotación agraria o sus parcelas deberá estar inscrita en el Registro General de Explotaciones Agrarias del País Vasco. b) Las parcelas de viñedo deberán estar asimismo inscritas en el Registro Vitícola del Territorio Histórico correspondiente. c) Presentar, individual o colectivamente un Plan de reestructuración y reconversión del viñedo. d) Cumplir la normativa vigente en materia de plantaciones de viñedo, para cualquiera de las superficies de viñedo de su explotación. e) Cumplir con la obligación de presentar las declaraciones obligatorias del sector vitivinícola. f) Ser viticultor/a o futuro viticultor/a de la parcela resultante de la reestructuración o reconversión. g) Cumplir con las obligaciones derivadas de la condicionalidad, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 19 de este Decreto. h) Hallarse al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, y del pago de obligaciones por reintegro de subvenciones. Este requisito lo es tanto para acceder a la condición de persona beneficiaria como para mantenerse en ella hasta la liquidación de la subvención concedida, por lo que se verificará su respectivo cumplimiento al momento de efectuar la concesión y de realizar el pago

Plazos de tramitación

21/03/2019 – 12/04/2019