Objeto
Subvención al arrendamiento de módulos en Centros de Empresas-Elkartegiak. Modernización de instalaciones o maquinaria en empresas ubicadas en Centros de Empresas-Elkartegiak, o en polígonos industriales. Subvenciones para el fomento del asociacionismo y la elaboración de planes de gestión y mejora de polígonos industriales. Subvención de las inversiones para la modernización y adecuación previstas en el plan de actuación y mejora del polígono industrial.
Dotación presupuestaria
1.060.000,00 euros
Límite
El importe de la subvención será de hasta un 25% de la inversión subvencionable: Hasta 1.000 euros en el conjunto de aplicaciones informáticas, equipos de proceso de la información y páginas Web. Hasta 4.000 euros en el resto de inversiones. El importe total de la subvención no podrá ser superior a 5.000 euros por entidad beneficiaria
Entidades beneficiarias
Empresarios y empresarias individuales y empresas con personalidad jurídica propia
Requisitos
a) Tener su domicilio social y fiscal en el Territorio Histórico de Bizkaia. b) Estar ubicadas en alguno de los polígonos establecidos en el Anexo 4. c) Tener la propiedad o estar en régimen de alquiler y estar al corriente respecto de sus obligaciones económicas contraídas con la arrendadora. d) Encontrarse al corriente de sus obligaciones tributarias, frente a la Seguridad Social y por reintegro de subvenciones. e) En el caso de empresarios y empresarias individuales deben encontrarse en situación de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos de la Seguridad Social, así como en el epígrafe correspondiente del Impuesto sobre Actividades Económicas. f) En el caso de sociedades mercantiles, encontrarse dadas de alta en el epígrafe correspondiente del Impuesto de Actividades Económicas, así como inscritas en el Registro Mercantil. g) No haber sido sancionadas, administrativa o penalmente por incurrir en discriminación por razón de sexo, según lo previsto en la ley 4/2005 de 18 de febrero, para la Igualdad de Mujeres y Hombres, cuya acreditación se realizará mediante declaración contenida en la solicitud. h) No encontrarse incursas en ninguna de las circunstancias que establece el artículo 12 de la Norma Foral de Subvenciones, cuya acreditación se realizará mediante declaración contenida en la solicitud. i) Tener una plantilla inferior a 15 personas en equivalentes anuales a jornada completa. Se considerará perteneciente a la plantilla el personal autónomo adscrito a la actividad de la empresa que, por su condición, no puede estar dado de alta en el Régimen General de la Seguridad Social. j) Haber tenido durante el último ejercicio fiscal un volumen de negocio inferior a 3.000.000 de euros. k) Haber tenido durante el último ejercicio fiscal un balance general inferior a 3.000.000 de euros.
Plazos de tramitación
30/03/2019 – 30/04/2019