Es objeto de la presente Orden establecer las bases de la convocatoria para la concesión de ayudas a la investigación y desarrollo en salud en Esclerosis múltiple, de acuerdo con los principios de objetividad, concurrencia competitiva y publicidad.

A los efectos de la presente convocatoria, la investigación y desarrollo será considerada como actividad no económica debiendo cumplir los requisitos establecidos por la Comisión Europea en la Comunicación de la comisión Marco sobre ayudas estatales de investigación y desarrollo e innovación (DOUE, C 414, de 28.10.2022), en el punto 20.a) (actividades primarias de los organismos de investigación e infraestructuras de investigación, y actividades de transferencia de conocimientos).

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