Objetivo:
El objetivo de la presente convocatoria de ayudas a empresas es la protección del medio ambiente en el ámbito de la Comunidad Autónoma del País Vasco.
Entidades beneficiarias:
Se considerarán entidades beneficiarias las que reúnan los siguientes requisitos:
- Persona física o jurídica de naturaleza privada dedicada a actividades industriales, mercantiles o de prestación de servicios, con o sin fines lucrativos, así como asociaciones constituidas por las mismas que representen los intereses generales y comunes.
- Empresas pertenecientes a grupos empresariales ubicados en la Comunidad Autónoma del País Vasco.
Organismo: Gobierno Vasco.
Inversión subvencionable:
Se subvencionará la realización de inversiones destinadas a la protección del medio ambiente en las siguientes líneas:
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- Ayudas a la inversión que permitan ir más allá de las normas de la Unión en materia de protección medioambiental o incrementar el nivel de protección medioambiental en ausencia de normas de la Unión.
- Ayudas para la adaptación anticipada a futuras normas de la Unión.
- Ayudas para estudios medioambientales.
- Ayudas a la inversión para el reciclado y reutilización de residuos generados por terceros, si se cumplen las siguientes condiciones acumulativas:
- La inversión se destina a reducir los residuos generados por otras empresas.
- En otras circunstancias, los materiales reciclados o reutilizados tratados serían eliminados o tratados de manera menos respetuosa con el medio ambiente.
- Las ayudas no liberarán indirectamente a las personas responsables de la contaminación de una carga que deba ser soportada por aquellas con arreglo a la legislación de la Unión, o de una carga que deba considerarse un coste empresarial normal.
- La inversión no tiene como único efecto aumentar la demanda de materiales para reciclado sin aumentar la recogida de tales materiales.
- La inversión irá más allá del estado actual de la técnica.
- Las ayudas que estén destinadas a la gestión de los propios residuos de la persona beneficiaria se evaluarán sobre la base de los criterios generales aplicables a las ayudas contempladas en la línea a).
- Ayudas para el saneamiento de terrenos contaminados cuando no se pueda identificar al responsable de la contaminación o no pueda ser tenido legalmente como responsable de financiar la rehabilitación de conformidad con el principio «quien contamina paga».
- Ayudas a las PYMEs para servicios de asesoramiento en materia de medio ambiente.
Intensidad y máximos de ayuda:
Solo se subvencionarán los proyectos que superen una puntuación mínima y alcancen una subvención mínima de 3.000€
Articulación de la ayuda
Procedimiento ordinario: concurrencia competitiva
Procedimiento simplificado: concurrencia no competitiva.
Importe de la convocatoria (5.000.000€)
Procedimiento ordinario: 3.050.000€
Procedimiento simplificado: 1.950.000€
Plazos:
Fecha inicio solicitudes: | 29/12/2023 |
Fecha fin solicitudes: | 29/01/2024 |
Fecha ejecución de proyectos: | 29/12/2023 – 29/06/2026 |