Objeto

Es objeto de las presentes bases la regulación de las condiciones que regirán la concesión de las ayudas económicas, en régimen de concurrencia competitiva, dirigidas al desarrollo
y producción de proyectos audiovisuales (de ficción, animación, documental y series), y a la elaboración de guiones para largometrajes.

Dotación presupuestaria

100.000,00 euros
Al desarrollo de proyectos de cine y televisión: 25.000,00 euros.
A la producción de largometrajes: 40.000,00 euros.
A la producción de cortometrajes: 25.000,00 euros.
A la escritura de guiones para largometraje: 10.000,00 euros.

Entidades beneficiarias

Personas físicas o jurídicas privadas independientes cualquiera que sea su forma jurídica que ejerzan una actividad mercantil que cumplan los siguientes requisitos:

Requisitos

a.- Tener domicilio social y fiscal en el municipio de Vitoria-Gasteiz.
b.- En cualquier caso, quedan excluidas las sociedades públicas y entidades de derecho público, así como las entidades sin ánimo de lucro y las que realicen actividades asociativas
o profesionales (asociaciones, colegios profesionales,…etc.)
c.- Cuando la ayuda se solicite para una coproducción, la persona solicitante deberá tener
una participación de, al menos, el 25 por ciento de la producción audiovisual resultante.
d.- Podrán optar a estas ayudas, equiparándose a estos efectos a las productoras de carácter
independiente, las agrupaciones de interés económico cuyo objeto social, según su inscripción
en el Registro Mercantil, sea la realización de actividades de producción.
e.- No podrán acceder a la condición de entidad beneficiaria de subvenciones, aquellas que
impidan la presencia y/o participación de mujeres o de hombres, en términos de igualdad, en
su seno, salvo aquellas compuestas por miembros de un solo sexo cuyo objeto principal sea
la consecución de la igualdad de mujeres y hombres o la promoción de los intereses y necesidades
específicas del colectivo de las mujeres o de los hombres.
f.- Hallarse al corriente de sus obligaciones fiscales, con la Seguridad Social y tributarias
con el Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz. Esta exigencia deberá concurrir en el momento de la
presentación de la solicitud y mantenerse vigente durante todo el proceso subvencionatorio
(concesión, reconocimiento de la obligación y pago).
g.- Sin perjuicio de la posible presentación de diversos proyectos por cada persona solicitante,
tan solo podrá ser objeto de subvención un proyecto por persona o empresa beneficiaria
y modalidad de ayudas.

Plazos de tramitación

11/11/2017 – 30/11/2017