Objeto
La presente convocatoria tiene por objeto el apoyo a proyectos de mejora de la gestión alineados con el Modelo de Gestión Avanzada que redunden en una mejora de la competitividad de las empresas de Álava.
Dotación presupuestaria
150.000,00 €
Límite
La cuantía de la ayuda será del 60 por ciento de los gastos del presupuesto subvencionable, con un límite de subvención de 6.000,00 euros por empresa. Para que el proyecto pueda ser subvencionable se establece como importe de subvención mínimo para poder adjudicar la cantidad de 1.500,00 euros.
Entidades beneficiarias
Podrán acceder a los beneficios contenidos en el presente Acuerdo las empresas de Álava con plantilla entre 5 y 49 personas (ambos inclusive) que dispongan de un informe de contraste inicial, elaborado por Euskalit, y presenten un detallado plan de acción de gestión avanzada que incluya algún proyecto de consolidación en gestión de acuerdo con las áreas de mejora identificadas en el referido contraste.
Requisitos
Tener personalidad jurídica propia. Realizar actividades industriales, extractivas, transformadoras, productivas, de servicios técnicos ligados al proceso productivo de las anteriores y del ámbito de la sociedad de la información y las comunicaciones. Este requisito será comprobado a partir del epígrafe en el alta en el IAE (Impuesto de Actividades Económica) de la actividad principal de la empresa. La relación de epígrafes admisibles está disponible en la web del programa Kudeabide: http:// www.kudeabide.com/doc/IAEs_SUBVENCIONES_INNOBIDEAK_KUDEABIDE.pdf Tener su domicilio social y fiscal en Álava y que al menos tenga ubicado en dicho Territorio un centro de producción o de servicios. Tener una plantilla entre 5 y 49 personas (ambos inclusive) en equivalentes anuales a jornada completa. Se considerará perteneciente a la plantilla el personal autónomo adscrito a la actividad de la empresa que, por su condición, no pueda estar dado de alta en el régimen general de la seguridad social. Encontrarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias con Hacienda, en los términos estipulados en el Decreto Foral 58/2004 y con la Seguridad Social, tanto con carácter previo al momento de la resolución de concesión como al abono de la subvención. Cuando la empresa no tenga asignado código de cuenta de cotización en ningún régimen del sistema de la Seguridad Social, deberán hallarse al corriente de la Seguridad Social todos los socios de la empresa.
Plazos de tramitación
23/05/2017 – 29/09/2017