Objeto

Ayudas para el fomento de la implantación de los sistemas de calidad y medioambientales en las empresas de transporte público pesado de mercancías y viajeros por carretera de la CAPV.

Dotación presupuestaria

Para la financiación de las ayudas previstas en la presente Orden se destina la cantidad de veinticuatro mil (40.000,00) euros que proceden de las correspondientes partidas consignadas en los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

 

Límite

1. La cuantía de las ayudas contempladas en la presente Orden consistirán en el abono de una subvención no reintegrable correspondiente al 25% de los gastos acreditados, que se incrementará al 30% en el supuesto que la persona solicitante disponga de una certificación de gestión de la flota de vehículos eficiente y sostenible económica y medioambientalmente, con un máximo de 4.000,00 euros por beneficiario.

 2.- En el supuesto de que con la dotación indicada en el apartado segundo del artículo 1 de la presente Orden no alcanzase para atender a la totalidad de las solicitudes presentadas en la cuantía máxima contemplada en el apartado 1 de este artículo, dicha dotación se distribuirá entre todas las solicitudes formuladas que cumplan los requisitos exigidos, en la misma proporción  que tuvieran las cantidades calculadas inicialmente para cada uno de ellos con el importe total necesario para cubrirlas en su totalidad.

 

Entidades beneficiarias

Personas físicas o jurídicas legalmente habilitadas que realicen alguna de las acciones subvencionables descritas en el artículo 1 de la Orden.

Requisitos

a) Estar domiciliadas en la Comunidad Autónoma del País Vasco.

b) Que operen en el sector del transporte, tráfico y movimiento de mercancías y viajeros por carretera.

c) Ser titulares en nombre propio de, al menos, una autorización, con un mínimo de 3 copias, para el transporte público de mercancías para vehículos pesados o de viajeros  en vehículos para más de 9 plazas (incluido el conductor). En el caso de las sociedades de comercialización o cooperativas de transportistas, sus socios o cooperativistas habrán de ser titulares de un mínimo de tres autorizaciones de las indicadas.

d) Hallarse al corriente de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.

e) No hallarse sancionada penal o administrativamente con la pérdida de la posibilidad de obtención de subvenciones o ayudas públicas, ni hallarse incursa en prohibición legal alguna que la inhabilite para ello, con inclusión de las que se hayan producido por discriminación de sexo de conformidad con lo dispuesto en la Disposición Final sexta de la Ley 4/2005, de 18 de febrero, para la Igualdad de Mujeres y Hombres.

f) Cumplir lo dispuesto en los artículos 13 y 14 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de subvenciones.

Plazos de tramitación

30/06/2017 – 31/07/2017