Establecer el procedimiento para la concesión de subvenciones para la difusión de las artes en la siguiente modalidad:
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Teatro
Serán subvencionables:
Gira de teatro:
Deberán realizar 1 actuación en 2019, siempre que se cumpla uno de estos tres requisitos:
- Participar en festivales o ferias internacionales. Estas tendrán que contar en su programación con compañías de al menos tres países y tener carácter profesional
- Fuera del Estado, la participacion en teatros con programación estable de artes escénicas: el teatro deberá tener un aforo mínimo de 150 butacas o ser de reconocido prestigio. Para valorar el prestigio dle teatro se tendrá en cuenta lo siguiente: antigüedad de la programación; programación de grupos galardonados con premios de prestigio; formar parte de redes de teatros privados o públicos; programas de creación en régimen de residencia; actividades paralelas para creación de nuevos públicos; premios o reconocimientos recibidos por el teratro en cuestión
- Haber surgido de su anterior participación en alguna de las siguientes plataformas de exhibición ayudadas por el Gobierno Vasco, directamente o indirectamente: la Umore Azoka de Leioa, DFERIA de Donostia, el Festival Internacional de Marionetas de Tolosa, el espacio Euskal Teatroa de Feria de teatro de Tárrega, o del Festival Internacional de Teatro y Artes de la calle de Valladolid
Temporada de teatro:
Realizar 7 actuaciones seguidas en el mismo teatro. El teatro deberá tener un aforo mínimo de 150 butacas
No se concederán subvenciones para los siguientes:
- Actuaciones o festivales de carácter amateur.
- Actuaciones y verbenas incluidas en programas de fiestas.
- Actuaciones realizadas en la calle sin contrato y situaciones similares.
- Pases escolares.