Objeto
Serán concedidas subvenciones a fondo perdido por la contratación de personal, incluido en su caso el propio emprendedor. Las nuevas contrataciones deberán suponer un incremento de plantilla respecto al momento anterior a la publicación de la presente Ordenanza. Se fomentará la creación de un empleo de calidad, incidiendo especialmente en la contratación de personas desempleadas, prioritariamente de los siguientes colectivos con especiales dificultades de acceso al mercado de trabajo: Mujeres, jóvenes menores de 30 años, mayores de 45 años y parados de larga duración. Se dará especial protección a las nuevas contrataciones en el sector primario (agricultura-pesca y su transformación) y en aquellas empresas que favorezcan la participación de los trabajadores en la gestión (Por ejemplo las cooperativas).
Dotación presupuestaria
Los fondos públicos que componen estas subvenciones tienen carácter limitado al saldo anual de la partida presupuestaria correspondiente al Programa Mutrikulan del Presupuesto anual.
Límite
Ver Anexo II
Entidades beneficiarias
Empresas
Requisitos
a) Entidades nuevas constituidas legalmente, dadas de alta en el Impuesto de Actividades Económicas en el período de referencia que se marque en la convocatoria, con centro de trabajo en Mutriku y que generen nuevos empleos. b) Quedarán excluidas de la posibilidad de obtener estas ayudas: Empresas cuyos promotores hayan ejercido como titulares, individualmente o en sociedad, en la misma o similar actividad en los 12 meses anteriores a la puesta en marcha de la nueva empresa. Empresas surgidas a partir del mero cambio de titularidad de otras ya existentes en el mismo local y misma actividad en los 12 meses anteriores a dicho cambio. Empresas surgidas a partir del mero cambio de titularidad entre familiares de primer grado de otras ya existentes en el mismo local y misma actividad en los 12 meses anteriores a dicho cambio. No obstante, podrán optar a las ayudas las empresas que supongan cambio de titularidad entre familiares de primer grado por causas justificadas como jubilación, incapacidad o fallecimiento del titular o causas de fuerza mayor. Empresas con participación pública mayoritaria. Empresas ya existentes, con centro de trabajo en Mutriku.
Plazos de tramitación
10/10/2018 – 24/10/2018