Ayudas para el desarrollo de proyectos de cine, televisión y/o multimedia. Se entiende por «desarrollo de proyecto» la preparación y diseño de una producción audiovisual y/o multimedia, centrado en las operaciones anteriores a la fase de producción propiamente dicha y que se desarrollarán en 2020 y 2021.
Entidades beneficiarias:
Podrán acceder a estas ayudas las personas físicas o jurídicas independientes establecidas en un Estado miembro de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo siempre que dispongan o se comprometan a abrir un establecimiento permanente en la Comunidad Autónoma de Euskadi en el caso de concesión de la ayuda.
Gastos subvencionables:
· Adquisición de los derechos de autor de la obra.
· Desarrollo del guion: reescritura o adaptación, asesoramiento externo, traducción.
· Diseño y elaboración de material promocional: material impreso, teaser, tráiler, programa piloto, story board, página web.
· Elaboración del plan de marketing y distribución.
· Asistencia a mercados y foros de coproducción: gastos de traslado, alojamiento y acreditaciones.
· Cásting y búsqueda de localizaciones.
· Investigación documental, gráfica (en proyectos de animación) y búsqueda de archivos.
· Gastos de personal para gestionar el desarrollo (máximo 15% del presupuesto).
· Asesoría jurídica y fiscal para el proyecto presentado: asesoramiento y redacción de contratos de coproducción, preventas, derechos sobre la obra, contratos con profesionales participantes en el proyecto.
· Gastos generales (máximo 5% del presupuesto).
· Diseño del programa (tratamiento), creación de elementos gráficos de base, la programación e integración de los materiales necesarios para el buen funcionamiento del programa, mapa de navegación y realización de una demo (en proyectos multimedia).
Cuantificación y limite de las ayudas:
· Serán subvencionadas aquellas solicitudes que hayan resultado mejor valoradas, según el orden y la puntuación resultantes de dicha valoración, hasta el agotamiento de la consignación económica.
· El proyecto con mejor puntuación obtendrá la cuantía solicitada, reduciéndose el resto proporcionalmente a la puntuación obtenida.
· En todo caso, será requisito necesario haber obtenido una puntuación mínima del 50% en la fase de valoración.
· La cantidad destinada a un proyecto concreto, conforme a los criterios fijados en la presente modalidad no podrá superar ninguno de los siguientes límites.
a) Veinticinco mil (25.000,00) euros.
b) El 50% de los gastos presupuestados para el desarrollo del proyecto contenidos en el artículo 13 (que a su vez no excederán del 20% del presupuesto total de producción).
· Como mínimo, el 45% del importe recibido deberá destinarse al desarrollo del guion. Los gastos de personal y los gastos generales no podrán superar el 15% y el 5% del presupuesto respectivamente.
· En caso de coproducción, la subvención del Gobierno Vasco nunca será superior al 50% de la participación real del productor solicitante.
Plazos:
Fecha inicio: | 18/03/2020 |
Fecha fin: | 18/04/2020 |
Fecha límite presentación: | 18/04/2020 |