Subvenciones a las empresas que realicen inversión productiva que conlleve mejora competitiva y desarrollo económico, destinadas a la creación y/o ampliación de capacidad productiva, en la Zona Margen Izquierda Ampliada y en otros municipios con una tasa de desempleo superior al 10 % de la media anual de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

Beneficiarios:

Grandes Empresas y las Pequeñas y Medianas Empresas (Pyme) que cumplan con la característica de ser empresas industriales extractivas, transformadoras, productivas y de servicios conexos ligados al producto-proceso industrial.

Inversiones en:

Zona Margen Izquierda Ampliada: Abanto y Ciérvana-Abanto Zierbena, Alonsotegi, Artzentales, Balmaseda, Erandio, Galdames, Güeñes, Muskiz, Ortuella, Portugalete, Santurtzi, Sestao, Sopuerta, Trucios-Turtzioz, Valle de Carranza, Valle de Trápaga-Trapagaran, Zierbena.

Municipios con una tasa de desempleo superior al 10% de la media anual de la Comunidad Autónoma del País Vasco:

  1. Álava: Amurrio, Artziniega, Asparrena, Labastida, Lanciego, Oyón-Oion, Salvatierra, Valdegobía, Yécora y Zambrana.
  2. Bizkaia: Arakaldo, Barakaldo, Basauri, Bermeo, Bilbao, Busturia, Elantxobe, Ermua, Ibarrangelu, Iurreta, Lanestosa, Plentzia, Sukarrieta, Orduña, Zalla y Zarátamo.
  3. Gipuzkoa: Eibar, Irun y Soraluze-Placencia de las Armas.

Modalidad y tipo de ayudas:

EFECTO INCENTIVADOR: No podrá iniciarse antes de la fecha de presentación de la solicitud.

HORIZONTE TEMPORAL: Deberá realizarse durante el año en que se presenta la solicitud, desde la fecha de su presentación, y durante los dos años naturales siguientes, en función de sus características y de sus planes empresariales.

INVERSIÓN ADMITIDA MÍNIMA: Las Grandes Empresas deberán alcanzar una inversión admitida mínima de 1.500.000 de euros y mantenimiento de empleo; las PYMES deberán realizar una inversión admitida mínima de 200.000 € y mantenimiento de empleo. También se considerarán las inversiones de las empresas que no alcancen los mínimos de inversión admitida indicada con anterioridad, siempre que generen un mínimo de 25 empleos netos, en el caso de grandes empresas, y un mínimo de 5 empleos netos, en el caso de Pymes.

RECURSOS PROPIOS de la empresa, excluidas las subvenciones, alcancen, al menos, el 25% del importe de la inversión considerada subvencionable.

Límite de las ayudas:

  • Para las grandes empresas el 10 % de la inversión susceptible de apoyo.
  • Para las pymes el 15 % de la inversión susceptible de apoyo.

Las subvenciones tendrán un límite máximo que, en ningún caso, podrá superar la cantidad de 3.000.000,00 de euros por empresa.

Plazos:

Fecha inicio: 24/06/2022
Fecha fin: 15/09/2022
Fecha límite presentación: 15/09/2022