Ayudas destinadas a la promoción, al desarrollo y a la diversificación económica de los municipios rurales incluidos en la zona Leader aprobada en el marco del Programa de Desarrollo Rural del País Vasco 2015-2020.

Beneficiarios y ámbito geográfico:

El ámbito geográfico de aplicación comprenderá todos los municipios seleccionados para la zona Leader.

Podrán resultar beneficiarias:

a) Las entidades locales de Instituciones Locales de Euskadi:

– El municipio.

– Los consejos y otras entidades locales territoriales de ámbito inferior al municipio, conforme a la normativa foral existente en cada territorio y lo dispuesto en la legislación básica de régimen local.

– Las mancomunidades de municipios.

– Las cuadrillas del territorio histórico de Álava.

– Otras entidades que agrupen a varias entidades locales, bajo la denominación específica que corresponda, conforme a lo dispuesto en la Ley 2/2016, de 7 de abril, y demás normativa que sea de aplicación.

b) El sector público institucional local: organismos autónomos locales, entidades públicas empresariales locales y sociedades mercantiles de titularidad pública local.

c) Las asociaciones de desarrollo rural (ADR), en aquellos casos en los que las entidades locales les deleguen o encarguen la puesta en marcha de un proyecto en beneficio de una zona LEADER.

Descripción:

Fomentar las inversiones en la creación, mejora o ampliación de pequeñas infraestructuras enmarcadas en las siguientes actuaciones:

  1. Energías renovables, ahorro energético, biomasa y district heating.
  2. Servicios básicos: agua, saneamiento, electrificación y gasificación. Las infraestructuras de agua y saneamiento sólo serán subvencionables si son nuevas.
  3. Habilitación de pequeños polígonos industriales y de locales que acojan iniciativas empresariales.
  4. Infraestructuras de pequeña escala vinculadas al turismo.
  5. Edificios y locales para servicios.
  6. Acondicionamiento de los núcleos de población.

Se excluyen expresamente los siguientes tipos de proyectos:

  1. Pisos de emergencia.
  2. Inversiones de proyectos no faseados que consistan únicamente en derribos o adquisición de inmuebles.
  3. Muros de contención salvo que condicionen un servicio.
  4. Rehabilitación de elementos patrimoniales, salvo que incluya la generación de una actividad económica justificada mediante el correspondiente plan de gestión.
  5. Proyectos que consistan exclusivamente en pavimentación de calles, caminos, aceras, elementos disuasorios de la velocidad (badenes, realces…).
  6. Cementerios.

Cuantía de la ayuda:

-La dotación con cargo a los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi asciende a la cantidad de 1.460.000 euros distribuidos de la siguiente manera:

Tipo de ayuda 2021 2022 Total
Apoyo al emprendimiento 23.250 € 23.250 € 46.500 €
Inversiones en creación, ampliación y modernización de empresas Diversificación 28.000 € 38.000 € 66.000 €
Resto 260.000 € 346.000 € 606.000 €
Contratación por cuenta ajena 6.750 € 6.750 € 13.500 €
Infraestructuras, servicios básicos y renovación de municipios 288.000 € 384.000 € 672.000 €
Vivienda 24.000 € 32.000 € 56.000 €
Totales 630.000 € 830.000 € 1.460.000 €

-El volumen total de las ayudas a conceder no superará los citados recursos o la cuantía que resulte de su actualización en el caso de que se aprueben modificaciones presupuestarias de conformidad con la legislación vigente.

Dotación presupuestaria:

1.460.000,00 €

Plazos:

Fecha inicio: 31/12/2020
Fecha fin: 01/03/2021
Fecha límite presentación: 01/03/2021