Objeto:
El programa tiene por objeto el impulsar la transformación de la empresa guipuzcoana orientando su actividad hacia nuevos nichos de negocio relacionados con el concepto de Smart Mobility Industry, en particular en los sectores de actividad relacionados con la Electromovilidad, el almacenamiento de energía y el vehículo autónomo.
Beneficiarios y ámbito geográfico:
- Las empresas que desarrollan su actividad en Gipuzkoa.
- Entidades sin ánimo de lucro con implantación en la Comunidad Autónoma del País Vasco.
A estas subvenciones podrán presentarse proyectos impulsados por empresas de manera individual o por un conjunto de entidades, en cuyo caso una ejercerá de líder de todas ellas y será la responsable de la solicitud.
Organismo: Diputación Foral de Gipuzkoa
Actividades subvencionables:
Los proyectos deberán estar directamente relacionados con la innovación, la generación de nueva actividad económica y las necesidades de transformación empresarial para abordar las nuevas tecnologías y mercados relacionados con la Smart Mobility Industry. Podrán incluirse como proyectos subvencionables los relacionados con:
- Análisis de viabilidad de la incorporación de estas nuevas tecnologías y productos a la empresa, análisis de capacidades y limitaciones de la empresa, análisis de idoneidad de instalaciones y organización actuales y cambios requeridos, análisis de la competencia, estado del arte de las tecnologías.
- Desarrollo de nuevos productos, adaptación o mejora sustancial de los existentes.
- Proyectos piloto y de demostración.
- Formación específica en torno a las tecnologías relacionadas con la electromovilidad y almacenamiento de energía, jornadas de networking, eventos, talleres, etc.
- Prospección internacional para mejorar el conocimiento del sector, acciones de acercamiento, directas e inversas, a entidades de referencia.
- Cualesquiera otros que contribuyan a un acercamiento efectivo de la empresa guipuzcoana a estos nuevos sectores de actividad.
Gastos subvencionables:
a) Los costes de personal: investigadores, técnicos y demás personal auxiliar, en la medida en que estén dedicados al proyecto.
b) Los costes de instrumental y material, en la medida y durante el período en que se utilicen para el proyecto.
c) Los costes de investigación contractual, conocimientos y patentes adquiridos u obtenidos por licencia de fuentes externas en condiciones de plena competencia, así como los costes de consultoría y servicios equivalentes destinados de manera exclusiva al proyecto.
d) Los gastos generales y otros gastos de explotación adicionales, que se deriven directamente del proyecto; el conjunto de estos gastos no podrá superar el 20 % del coste del personal interno implicado en el proyecto, sin que sea necesaria su justificación.
Cuantía de las ayudas:
Dependen en función del programa específico en el que te presentes.
Plazos:
Fecha inicio: | 10/06/2020 |
Fecha fin: | 20/07/2020 |
Fecha límite presentación: | 20/07/2020 |