Regular las condiciones de concesión de subvenciones a la producción de las artes escénicas (teatro, danza, circo…) de carácter profesional que se realicen o se inicien durante el ejercicio 2020.
Modalidad: Producciones II y su posterior distribución. Apoyo a la realización de producciones escénicas y a las labores de distribución posteriores al estreno de la producción.
Áreas subvencionables:
Dichos proyectos deben cumplir las siguientes condiciones:
- Que sean proyectos de creación y producción que se estrenen con posterioridad al 30 de marzo de 2020 y antes del 30 de junio de 2021.
- Presentar un plan de distribución de la producción subvencionada. El plan de distribución podrá comenzar tres meses antes de la realización del estreno.