Objeto

El Departamento de Desarrollo Económico y Competitividad de conformidad con los objetivos de la Política Energética del Gobierno Vasco tiene como misión contribuir, mediante el necesario impulso público, a aumentar la eficiencia en el consumo de energía, contribuyendo a la consecución de un sistema energético más competitivo, más sostenible y más seguro, al disminuir el impacto ambiental, requerir menos energía para el consumo y reducir la dependencia de recursos externos. La escasez de los recursos energéticos y la incidencia que sobre el medioambiente tiene el uso de la energía, influyen de manera creciente en la preocupación tanto de las administraciones como de la sociedad. Por ello, el objetivo prioritario de este Programa de Ayudas es reducir el consumo de energía convencional a través la promoción de instalaciones de aprovechamiento de energías renovables dentro de la geografía de la Comunidad Autónoma del País Vasco

Dotación presupuestaria

1.100.000,00 euros

Límite

Las actuaciones llevadas a cabo en el marco de esta convocatoria de ayudas tendrán una cuantía total y máxima de ayuda de cuarenta mil euros (40.000 euros) por proyecto; asimismo, la cuantía total y máxima de ayuda por beneficiario será de cuarenta mil euros (40.000 euros). En ningún caso se superarán los porcentajes establecidos para cada tipo de proyecto contemplado en la base 4ª.

Entidades beneficiarias

a) Todas aquellas personas físicas o jurídicas, de naturaleza privada, y comunidades de propietarios, que lleven a cabo, dentro del territorio de la CAPV, inversiones en instalaciones de uso de biomasa de los tipos especificados en la base 4.ª de este Programa de Ayudas. b) Los Ayuntamientos, Mancomunidades de Ayuntamientos, Cuadrilla y Juntas Administrativas que lleven a cabo en el territorio de la CAPV actuaciones de las previstas en la Base 4.ª de este Programa de Ayudas. c) Sociedades mercantiles cuya titularidad sea íntegramente de uno o varios Ayuntamientos de la CAPV y que su objeto posibilite la realización de cualquiera de las actuaciones previstas en la Base 4.ª de este Programa de Ayudas.
d) Toda persona jurídica que desarrolle su actividad como Empresa de Servicios Energéticos (en adelante
«ESE») que lleven a cabo en el territorio de la CAPV actuaciones d e las p revistas en la base 4.ª d e este
programa de ayudas, y exclusivamente por cuenta de los potenciales beneficiarios indicados en los
apartados precedentes de esta base 2.1.

Requisitos

Será requisito necesario para la calificación de sujeto beneficiario, con carácter previo a la concesión de la ayuda así como para mantenerse en dicha condición hasta la liquidación de la subvención concedida, el encontrarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias, para con la seguridad social y, en su caso, en el pago de obligaciones por reintegro de subvenciones.

Plazos de tramitación

14/05/2019 – 31/10/2019