Objeto

Promover acciones que persigan la racionalización del consumo de energía y la reducción de la dependencia del petróleo en el transporte de mercancías y en la movilidad de las personas a través de la promoción de inversiones, proyectos o planes encaminados a la transferencia hacia los modos de transporte más eficientes, el uso de energías renovables, la utilización de tecnologías energéticamente más eficientes y la disponibilidad de las infraestructuras necesarias de recarga eléctrica y de suministro de combustibles alternativos territorio de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

Dotación presupuestaria

800.000,00 euros

Límite

Las actuaciones llevadas a cabo en el ámbito de esta convocatoria de ayudas tendrán como límite de cuantía total y máxima de ayuda por beneficiario de doscientos mil (200.000) euros, no pudiendo, en ningún caso, superarse los porcentajes establecidos para cada tipo de proyecto contemplado en la base 4.ª de este Programa de Ayudas.

Entidades beneficiarias

Podrán acceder a la condición de beneficiarios, a los efectos del presente Programa de Ayudas: a) Todas aquellas personas físicas o jurídicas, de naturaleza privada, y Comunidades de Propietarios que lleven a cabo actuaciones de las descritas en la base 4.ª y residan o tengan su domicilio social y fiscal en la CAPV. b) Todas aquellas personas jurídicas que, no teniendo su domicilio social y fiscal en la CAPV, (i) desarrollen su actividad, (ii) cuenten con una sede y (iii) mantengan parte de su plantilla en esta Comunidad Autónoma; todo ello, desde al menos los dos años anteriores a contar desde la fecha de publicación de la presente convocatoria de ayudas en el Boletín Oficial del País Vasco (en adelante «BOPV»). c) Todas aquellas personas jurídicas que, no teniendo su domicilio social y fiscal en la CAPV, y no cumpliendo las condiciones descritas en el párrafo b) anterior, ejecuten una inversión subvencionable conforme a lo descrito en la Medida 2 de la base 4.ª, siempre que la citada inversión tenga su efecto sobre el consumo de energía o la reducción de la dependencia del petróleo de forma directa, incontrovertible e indefinida dentro del territorio de la CAPV. d) Los Ayuntamientos, Mancomunidades de Ayuntamientos, Cuadrilla y Juntas Administrativas que lleven a cabo en el territorio de la CAPV actuaciones de las previstas en la Base 4ª de este Programa de Ayudas. e) Sociedades mercantiles cuya titularidad sea íntegramente de uno o varios Ayuntamientos de la CAPV y que su objeto posibilite la realización de cualquiera de las actuaciones previstas en la Base 4.ª de este Programa de Ayudas.

Requisitos

Será requisito necesario para la calificación de sujeto beneficiario, con carácter previo a la
concesión de la ayuda así como para mantenerse en dicha condición hasta la liquidación de la
subvención concedida, el encontrarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones
tributarias, para con la seguridad social y, en su caso, en el pago de obligaciones por reintegro
de subvenciones.

Plazos de tramitación

03/05/2018 – 31/10/2018