Objeto

Con la finalidad de mejorar el rendimiento económico y ambiental global de la agricultura y la ganadería bizkaina se podrá subvencionar los servicios de asistencia técnica prestados en el año 2018 a personas agricultoras que incluyan como mínimo:
a) Visitas de seguimiento a la explotación.
b) Análisis para mejora del rendimiento y viabilidad de la explotación.
c) Transmisión de las buenas condiciones agrarias y medio ambientales y de las posibles medidas correctoras para mejorar la explotación.

Dotación presupuestaria

55.000,00 euros

Límite

La cuantía será una ayuda de 500 euros por persona y asistencia técnica prestada durante el ejercicio 2018

Entidades beneficiarias

Serán beneficiarias de estas ayudas las entidades acreditadas mediante el Decreto de Gobierno Vasco 272/2006 que hayan prestado la asistencia técnica descrita en el apartado anterior.

Requisitos

Personas o entidades beneficiarias:
a) Cumplir o haber cumplido los compromisos adquiridos con ocasión de la concesión de cualquier ayuda agraria.
b) Estar al corriente de sus obligaciones fiscales y de la Seguridad social en el momento de la aprobación y pago de la ayuda.
c) No encontrarse incursa en un procedimiento de reintegro o sancionador. En su caso, la concesión y el pago de estas ayudas a las personas beneficiarias quedarán condicionados a la terminación de cualquier procedimiento de reintegro o sancionador que se halle todavía en tramitación.
d) No encontrarse incursa en un procedimiento sancionador por incumplimiento de la Ley 4/2005, de 18 de febrero, para la igualdad de Mujeres y Hombres.
Explotaciones:
a) Estar inscrita en el Registro de Explotaciones Agrarias del Territorio Histórico de Bizkaia regulado mediante Decreto 203/2011, de 27 de septiembre.
b) Estar situada en el ámbito territorial del Territorio Histórico de Bizkaia,

Plazos de tramitación

23/06/2018 – 31/10/2018