Objeto

Facilitar a las empresas radicadas en el término municipal de Irun la contratación en el mercado ordinario de personas desempleadas empadronadas en Irun e inscritas como demandantes de empleo en Lanbide – Servicio Vasco de Empleo.

Dotación presupuestaria

170.000,00 €

Límite

El importe de las ayudas económicas al empleo será de hasta el 75% de los costes salariales y de seguridad social de las personas contratadas, con el límite de 3.000 euros por cada contrato de trabajo a jornada completa de 3 (tres) meses de duración. Para contratos de duración superior, este límite se incrementará proporcionalmente hasta un máximo de 6.000 euros cuando se trate de contratos a jornada completa de duración igual o superior a 6 (seis) meses.

Entidades beneficiarias

Las empresas beneficiarias (personas físicas o jurídicas) de la ayuda objeto de las presentes bases deberán de cumplir los siguientes requisitos:

Requisitos

1. Las empresas beneficiarias de la ayuda objeto de las presentes bases deberán de cumplir los siguientes requisitos: El centro de trabajo se encontrará en el término municipal de Irun. La contratación propuesta deberá suponer creación neta de empleo sobre la plantilla media total existente en la empresa en los 3 meses inmediatamente anteriores a la incorporación de la persona contratada. La empresa contratante deberá estar al corriente en sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social. La empresa contratante deberá manifestar expresamente el compromiso de realizar la contratación, de cumplir la normativa vigente en materia laboral y de prevención de riesgos laborales, así como de facilitar a la persona contratada el material y vestuario necesario para desarrollar su tarea. 2. Requisitos de las personas contratadas. Estar empadronado/a en la localidad a la fecha de la publicación de estas bases. Figurar como desempleado/a y estar inscrito/a como demandante de empleo en Lanbide-Servicio Vasco de Empleo. No tener relación de parentesco con el cónyuge, descendiente y demás parientes que tengan relación de parentesco por consanguinidad o afinidad hasta el segundo grado inclusive, con la persona empresaria o con quienes tengan el control empresarial, ostenten cargos de dirección o, en su caso, sean miembros del Consejo de Administración de la empresa contratante.

Plazos de tramitación

30/05/2017 – 31/01/2018