Objeto
Facilitar a las empresas radicadas en el término municipal
de Irún la contratación en el mercado ordinario de personas
jóvenes menores de 30 años en desempleo empadronadas en
Irún e inscritas como demandantes de empleo en Lanbide – Servicio
Vasco de Empleo.
Dotación presupuestaria
30.000 €
Límite
El importe de las ayudas económicas
al empleo será de hasta el 90% de los costes salariales y
de seguridad social de las personas contratadas, con el límite
de 6.000 euros por cada contrato de trabajo a jornada completa
de 6 (seis) meses de duración.
Entidades beneficiarias
Empresas
Requisitos
Las empresas beneficiarias de la ayuda objeto de las presentes bases deberán de cumplir los siguientes requisitos.
El centro de trabajo se encontrará en el término municipal
de Irun.
La contratación propuesta deberá suponer creación neta
de empleo sobre la plantilla media total existente en la empresa
en los 3 meses inmediatamente anteriores a la incorporación
de la persona contratada.
La empresa contratante deberá estar al corriente en sus
obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
La empresa contratante deberá manifestar expresamente
el compromiso de realizar la contratación, de cumplir la normativa
vigente en materia laboral y de prevención de riesgos laborales,
así como de facilitar a la persona contratada el material y vestuario necesario para desarrollar su tarea.
Requisitos de las personas contratadas.
Estar empadronado/a en la localidad a la fecha de la publicación de estas bases.
Tener 16 o más años y no haber cumplido 30 en el
momento de formalizarse el contrato objeto de subvención.
Figurar como desempleado/a y estar inscrito/a como
demandante de empleo en Lanbide-Servicio Vasco de Empleo.
No haber trabajado en los 30 días naturales anteriores a
la fecha de la contratación.
No haber recibido acciones formativas que conlleven más
de 40 horas mensuales en los 30 días naturales anteriores a la
fecha de la contratación.
No tener relación de parentesco con el cónyuge, descendiente
y demás parientes que tengan relación de parentesco
por consanguinidad o afinidad hasta el segundo grado inclusive,
con la persona empresaria o con quienes tengan el control
empresarial, ostenten cargos de dirección o, en su caso, sean
miembros del Consejo de Administración de la empresa contratante.
Plazos de tramitación
20/01/2017 – 30/04/2017