Objeto

La finalidad de esta medida es facilitar la incorporación de personas jóvenes adecuadamente formadas en el sector agrario, el relevo generacional tal y como contemplan los objetivos establecidos en el artículo 5 del Reglamento 1.305/2013, además de promover el desarrollo local de las zonas rurales, facilitándola diversificación, la creación y desarrollo de empresas y la creación de empleo.

Dotación presupuestaria

900.000,00 euros

Límite

La ayuda se concederá en forma de prima única, siendo el importe máximo de 70.000 euros por persona beneficiaria. El pago de la ayuda se realizará en dos fases a lo largo de un período de cinco años como máximo.

Entidades beneficiarias

Las personas beneficiarias pueden ser aquellas personas físicas que cumplan con la definición de persona joven agricultora y accedan a la titularidad de una explotación agraria ubicada en Bizkaia, previa acreditación de la formación y conocimientos necesarios para ejercer la actividad

Requisitos

Las personas beneficiarias deberán cumplir y acreditar en el momento de formalizar la solicitud de ayuda los siguientes requisitos: a) Tener más de 18 y menos de 41 años. b) Aceptar el proceso de instalación bajo las condiciones previstas en el procedimiento Gaztenek 2015-2020 incorporándose expresamente a dicho programa. c) Presentar un plan empresarial aprobado por la comisión de valoración de Gaztenek en el momento de tramitar la solicitud. d) Contar con la capacidad y competencia profesionales adecuadas, que garanticen el correcto empleo de los nuevos medios productivos. e) Encontrarse al corriente del cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social. f) No percibir pensión de invalidez absoluta o de invalidez total proveniente de la actividad agraria

Plazos de tramitación

21/12/2017 – 02/02/2018