Objeto

Facilitar la incorporación de jóvenes agricultores y agricultoras que se instalen, por primera vez, en el sector agrario. Incorporar a dicho sector personas jóvenes con cualificación profesional adecuada favoreciendo el relevo generacional y redundando así en la profesionalización del mismo. Favorecer la creación de empresas para personas jóvenes agricultoras, con rendimientos económicos adecuados, que generen oportunidades y empleo en el medio rural, para promover el desarrollo local de las zonas rurales.

Dotación presupuestaria

• 2017: 363.333 € • 2018: 300.000 € • 2019: 300.000 € • 2020: 300.000 € • 2021: 500.000 €

Entidades beneficiarias

Jóvenes agricultores que accedan a la titularidad de la explotación por medio de un contrato de transmisión. Jóvenes agricultores que accedan a la cotitularidad de la explotación compartiendo responsabilidades gerenciales, resultados económicos, riegos de gestión e inversiones en proporción mínima del 50 por cien. Que el titular transmita al joven agricultor al menos un tercio de su propiedad en los elementos que integran su explotación. La integración como socio en una entidad asociativa

Requisitos

4.1 Haber cumplido los dieciocho años y no haber cumplido los cuarenta y uno. 4.2 Tener el domicilio fiscal y social en el Territorio Histórico de Álava. 4.3 Encontrarse al corriente de sus obligaciones fiscales y con la Tesorería General de la Seguridad Social. 4.4 Aceptar el proceso de instalación bajo las condiciones previstas en el procedimiento Gaztenek 2020. 4.5 Presentar un plan empresarial que cumpla con los requisitos que se establecen el artículo 7 del presente Decreto. 4.6 Presentar solicitud de ayuda en el plazo de 24 meses desde que se instala por primera vez como titular de una explotación agraria 4.7 Disponer de la capacitación y competencia profesional adecuada: Se considera que la persona joven agricultora posee una capacitación profesional suficiente si cumple uno de los siguientes supuestos: a) Haber alcanzado títulos académicos en la rama agraria como mínimo de nivel de Formación Profesional de segundo grado o un ciclo formativo de grado medio o superior. b) Si no se cumple lo anterior, acreditar más de dos años en la actividad agraria por cuenta ajena a jornada completa en el sector agrario, con anterioridad a la fecha de la solicitud. Deberá ser acreditado mediante documento expedido por la Seguridad Social.

Plazos de tramitación

06/03/2017 – 12/04/2017