Objeto

Es objeto de las presentes bases la regulación de la convocatoria y concesión de las ayudas económicas que el Ayuntamiento de Lasarte-Oria podrá otorgar, a fin de colaborar a la creación de pequeñas empresas de los ámbitos del comercio minorista, la hostelería o de los servicios personales ubicadas en Lasarte-Oria.

Dotación presupuestaria

35.000,00 euros

Límite

a) Con carácter general: La subvención consistirá en el 40 por ciento del gasto subvencionable. El máximo de la ayuda a conceder por establecimiento será de 1.500 euros. b) Con carácter particular, para establecimientos situados fuera del Área de Máxima Influencia Comercial: Con la finalidad de potenciar las zonas comerciales del municipio con menor presencia de establecimientos y de actividad hostelera y comercial la subvención consistirá en el 60 por ciento del gasto subvencionable. El máximo de la ayuda a conceder por establecimiento será de 1.800 euros. Podrán acceder a esta modalidad de ayuda los establecimientos situados fuera de la Zona de Máxima Influencia Comercial definida en el Plan Especial de Revitalización Comercial (PERCO) de 2014. En el Anexo II se relacionan las calles del municipio y numeración, de las mismas, que integran la Zona de Máxima Influencia Comercial. c) Con carácter particular, para establecimientos que permitan la continuidad de establecimientos regentados por personas que cesan en su negocio por jubilación: Cuando el solicitante sea el titular de un establecimiento adquirido o traspasado por jubilación del anterior titular de la actividad, siempre que esta se mantenga, la subvención consistirá en el 60 por ciento del gasto subvencionable. El máximo de la ayuda a conceder por establecimiento será de 1.800 euros. d) Con carácter particular, para establecimientos cuyo titular sea una persona con alguna discapacidad reconocida: Cuando el solicitante sea el titular del nuevo establecimiento y tenga reconocida una discapacidad de al menos el 33 %, la subvención consistirá en el 60 por ciento del gasto subvencionable. El máximo de la ayuda a conceder por establecimiento será de 3.500 euros.
e) Con carácter particular, para establecimientos cuyo titular sea una persona con que tenga una edad de 55 a más años. Cuando el solicitante sea el titular del nuevo establecimiento y tenga 55 o más años de edad, la subvención consistirá en el 60 por ciento del gasto subvencionable. El máximo de la ayuda a conceder por establecimiento será de 2.500 euros.

Entidades beneficiarias

Personas, físicas o jurídicas, con actividad mercantil, que hayan creado una nueva empresa comercial, hostelera o de prestación de servicios personales

Requisitos

1. Que el alta inicial en el Impuesto sobre Actividades Económicas y en el régimen correspondiente de la Seguridad Social se haya producido entre el 1 de enero de 2017 y el día de publicación en el BOLETIN OFICIAL de Gipuzkoa de estas bases. 2. Que no haya estado matriculada en el Impuesto de Actividades Económicas en la misma o similar actividad, en los seis meses anteriores a la creación de la empresa por la que solicitan ayuda. 3. Tener el domicilio social y fiscal en un centro de trabajo en Lasarte-Oria. 4. Que dispongan de un establecimiento en Lasarte-Oria con acceso público en zona autorizada, en el que desarrollen la actividad descrita en la memoria que han de presentar. 5. Cumplir con al requisito de microempresa de ocupar, como máximo, a 10 personas. 6. No hallarse vinculadas o participadas en más de un 25 por ciento por empresas que no reúnan alguno de los requisitos anteriormente expuestos.

Plazos de tramitación

12/06/2018 – 31/12/2018