Se encuentra abierto el plazo de la convocatoria del programa «Ayudas a la Eficiencia Energética Industrial 2026». Estas ayudas están dirigidas a grandes empresas y a pequeñas y medianas empresas (PYME) con personalidad jurídica que tengan la condición de industriales.
Es imprescindible que las inversiones se localicen dentro del territorio de la Comunidad Autónoma de Euskadi y que su actividad económica (CNAE 2025) esté incluida en el listado oficial, el cual abarca sectores como la industria alimentaria, textil, química, metalurgia y fabricación de vehículos, entre otros.
Si tenéis intención de mejorar vuestros procesos productivos, estrategia comercial o gestión financiera, poneos en contacto con nosotros lo antes posible.
Actuaciones subvencionables:
Los gastos deben responder de manera indubitada a la naturaleza de la actividad subvencionada y ser estrictamente necesarios para el cumplimiento de los objetivos del proyecto. Dependiendo de la actuación, se aceptan:
- Proyectos generales (mejora de equipos, líneas nuevas, redes eléctricas): Elaboración de proyectos técnicos, costes de dirección facultativa, adquisición de maquinaria, materiales e instalaciones auxiliares necesarias, transporte, montaje y costes de asistencia técnica.
- Obra civil: Se permite incluir los costes de ejecución de obra civil siempre que no superen el 20% de los costes elegibles del proyecto.
- Sistemas de renovables (Bombas de Calor): Además de lo anterior, se incluyen sistemas de acumulación y almacenamiento, sistemas de gestión y monitorización, sondeos exploratorios para instalaciones geotérmicas, así como el coste del desmantelamiento de los equipos sustituidos.
- Sistemas de Gestión Energética (SGE): Actuaciones necesarias para la medición de variables de consumo, instalación de elementos de regulación y control de parámetros, e implementación de sistemas informáticos para el análisis y funcionamiento óptimo.
Intensidad y máximos de ayuda:
Porcentaje de ayuda: Las ayudas tienen la consideración de subvenciones a fondo perdido y la intensidad de la ayuda varía según el tamaño de la empresa y la tipología del proyecto:
|
Tipo de Proyecto / Actuación |
Gran Empresa | Mediana Empresa | Pequeña Empresa |
|---|---|---|---|
|
Tipo 1: Mejora o sustitución de equipos e instalaciones existentes |
15% |
20% |
25% |
| Tipo 2: Sustitución de equipos por energías renovables (Bombas de calor) |
45% |
55% | 65% |
| Tipo 3: Implantación de sistemas de gestión energética (SGE) |
15% |
20% |
25% |
|
Tipo 4: Inversiones en nuevas líneas de producción |
20% |
25% |
30% |
|
Tipo 5: Instalaciones eléctricas nuevas y adecuación de antiguas |
20% | 25% |
30% |
|
Tipo 6: Inversiones en descarbonización (Reducción de CO2) |
20% | 25% |
30% |
La subvención máxima por empresa será de hasta 4.000.000 € por actuación, beneficiario o grupo empresarial.
Inversión mínima: No se admitirán costes elegibles (sin IVA) inferiores a:
- 50.000 € para la implantación de Sistemas de Gestión Energética (Tipo 3).
- 100.000 € para el resto de actuaciones (equipos, renovables, producción, descarbonización).
Presupuesto de la convocatoria 2026: 52.000.000 €
Plazo solicitudes: Hasta el 30 de junio de 2027 (o hasta agotar fondos).
Concurrencia: No competitiva / Por orden de llegada («en el momento en que se agote el presupuesto»).