El objeto de esta ayuda es estimular e incentivar la investigación, desarrollo e innovación en los sectores agrícola, forestal y de los productos de la pesca y la acuicultura de la Comunidad Autónoma del País Vasco. Aumentar la eficiencia, mejorar la competitividad, contribuir al crecimiento sostenible y fomentar la cooperación en los sectores agrícola, forestal y de los productos de la pesca y la acuicultura de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

Tipos de ayudas:

1- Ayudas a los proyectos de investigación fundamental, investigación industrial y desarrollo experimental.

2- Ayudas a los estudios de viabilidad técnica relacionados con proyectos de I+D+i.

3- Ayudas a la innovación en materia de organización.

Beneficiarios:

A) Para las ayudas a los proyectos de investigación fundamental, investigación industrial y desarrollo experimental y a los estudios de viabilidad técnica relacionados con proyectos de I+D+i:

  1. PYMES y grandes empresas.
  2. Asociaciones y Fundaciones.
  3. Agrupaciones de personas físicas y jurídicas privadas sin personalidad jurídica, y las comunidades de bienes.
  4. Centros tecnológicos.
  5. Organismo de investigación y difusión de conocimientos.

B) Para las ayudas a la innovación en materia de organización:

  1. PYMES y grandes empresas.
  2. Asociaciones y Fundaciones.
  3. Agrupaciones de personas físicas y jurídicas privadas sin personalidad jurídica, y las comunidades de bienes.

Organismo: Gobierno Vasco – Departamento de Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente.

Actividades subvencionables:

Las actuaciones subvencionables no podrán ser efectuadas con anterioridad a la presentación de la solicitud.

1- Acciones subvencionables para las ayudas a los proyectos de investigación fundamental, industrial y desarrollo experimental serán las siguientes:

  • Gastos de personal, investigadores, técnicos y demás personal auxiliar, en la medida en que estén dedicados al proyecto.
  • Costes de instrumental y material, en la medida y durante el período en que se utilice para el proyecto de investigación. En el caso de que el instrumental no se utilice en toda su vida útil para el proyecto de investigación, únicamente se considerarán subvencionables los costes de amortización correspondientes a la duración del proyecto de investigación, calculados de acuerdo con los principios contables generalmente aceptados.
  • Costes de edificios y terrenos, en la medida en que se utilicen para el proyecto de investigación y para la duración del mismo. En el caso de los edificios, únicamente se considerarán subvencionables los costes de amortización correspondientes a la duración del proyecto de investigación, calculados de acuerdo con los principios contables generalmente aceptados. En el caso de los terrenos, serán subvencionables los costes de traspaso comercial o los costes de capital en que efectivamente se haya incurrido.
  • Costes de investigación contractual, conocimientos técnicos y patentes adquiridas u obtenidas por licencia de fuentes externas, siempre y cuando la operación se haya realizado en condiciones de plena competencia, así como los costes de consultoría y servicios equivalentes destinados de manera exclusiva al proyecto.
  • Gastos generales y otros gastos de explotación adicionales, incluidos costes de material, suministros y productos similares que se deriven directamente del proyecto.

2- Las acciones subvencionables para las ayudas a los estudios de viabilidad técnica relacionados con proyectos de I+D+i serán los costes del estudio.

3- Las acciones subvencionables para las ayudas a la innovación en materia de organización serán:

  • Gastos de personal.
  • Costes de instrumental y material, edificación y terrenos, en la medida y durante el período en que se utilice para el proyecto.
  • Costes de investigación contractual, conocimientos técnicos y patentes adquiridas u obtenidas por licencia de fuentes externas, siempre y cuando la operación se haya realizado en condiciones de plena competencia.
  • Gastos generales y otros gastos de explotación adicionales, incluidos costes de material, suministros y productos similares que se deriven directamente del proyecto.

Cuantía de las ayudas:

1- Ayudas a los proyectos de:

a) Investigación fundamental: hasta el 100% de los costes subvencionables.

b) Investigación industrial: hasta el 50%, y para las PYMES hasta el 60%.

c) Desarrollo experimental: hasta el 25%, y para las PYMES hasta el 35%.

2- Ayudas a los estudios de viabilidad técnica relacionados con proyectos I+D+i será, como máximo, del 50% de los costes subvencionables:

a) Para las medianas empresas hasta el 60%.

b) Para las pequeñas empresas hasta el 70%.

3- Ayudas a los proyectos de innovación en materia de organización:

a) Para las grandes empresas: hasta el 15% de los costes subvencionables.

b) Para las PYMES: hasta el 50%.

Plazos:

Fecha inicio: 26/08/2021
Fecha fin: 27/09/2021
Fecha límite presentación: 27/09/2021