Objeto

Impulsar el desarrollo de proyectos relativos a seguridad minera, en sus vertientes de inversión y formación, que realicen las empresas y entidades sin ánimo de lucro, cuya finalidad primordial es la reducción de la siniestralidad de la actividad minera en España y contribuir eficazmente al logro de un crecimiento sostenible.

Dotación presupuestaria

1.456.000,00 euros

Límite

Hasta el 20 % en el caso de inversiones materiales de seguridad minera y hasta un 100 % en el caso de actuaciones de formación en seguridad minera.

Entidades beneficiarias

Empresas privadas, las agrupaciones de dichas empresas y las instituciones sin ánimo de lucro del sector minero no energético.
a) Las asociaciones empresariales que representen mayoritariamente a empresas del sector minero. Cuando la representación del sector sea mayoritaria, y por lo tanto no exclusiva, la representación minoritaria sólo puede corresponder al resto de instituciones que se puedan presentar a esta orden de ayudas, a empresas fabricantes de explosivos o a empresas metalúrgicas. Además, deben poder demostrar a instancias de la Administración, la representación efectiva de las empresas del sector a las que dicen representar, pudiendo ser solicitado el listado de empresas a las que se representa.
b) Las organizaciones sindicales que ostenten la representación mayoritaria a nivel nacional en el sector de la minería.
c) Las cámaras oficiales mineras.
d) Los colegios profesionales de los Ingenieros de Minas, Ingenieros Técnicos de Minas y Geólogos.
e) Las asociaciones nacionales de fabricantes de explosivos y asociaciones nacionales de empresas de voladuras.
f) Centros tecnológicos de ámbito nacional cuya actividad principal se desarrolle en el sector de la minería.

Plazos de tramitación

11/11/2017 – 11/12/2017