ATENCIÓN!

El plazo de presentación de las solicitudes será desde el día siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial del País Vasco hasta un mes después del momento en que pierda vigencia el Real Decreto 465/2020, de 17 marzo, por el que se declara el estado de alarma, o, en su caso, las prórrogas del mismo.


Promocionar en mercados exteriores a Euskadi, los productos alimentarios, pesqueros y forestales, transformados y comercializados por la industria agraria y alimentaria con sede social la CAPV.

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