Contribuir a impulsar la competitividad de la flota y las condiciones de seguridad y socio laborales a bordo de buques pesqueros, mediante las ayudas a las inversiones a bordo destinadas a mejorar la higiene, la salud, la seguridad a bordo y las condiciones de trabajo de los pescadores.
Las inversiones a bordo o equipos individuales deben superar los requisitos de la normativa de la Unión Europea, nacional o autonómica, entendiendo por tal, que vayan más allá de las
exigencias impuestas por la legislación comunitaria, nacional o autonómica.
Así, entre otras, se podrán subvencionar:
A. Las compras e instalaciones de los siguientes artículos que tengan por objeto mejorar la seguridad de los pescadores a bordo de los buques pesqueros:
1. Balsas salvavidas.
2. Unidades de destrinca hidrostática para balsas salvavidas.
3. Radiobalizas de localización de la persona que puedan integrarse en los chalecos salvavidas y en la ropa de trabajo de los pescadores.
4. Dispositivos de flotación personal, especialmente trajes de inmersión o de supervivencia y aros y chalecos salvavidas.
5. Bengalas para señales de socorro.
6. Aparatos lanzacabos.
7. Sistemas de salvamento en casos de «hombre al agua».
8. Dispositivos de lucha contra incendios.
9. Puertas cortafuegos.
10. Válvulas de cierre del depósito de combustible.
11. Detectores de gas y sistemas de alarma de gas.
12. Bombas de achique y alarmas.
13. Equipos de radio y de comunicaciones por satélite.
14. Escotillas y puertas estancas.
15. Guardamáquinas.
16. Pasarelas y escaleras de acceso.
17. Iluminación de cubierta, de emergencia o para búsquedas.
18. Mecanismos de seguridad para los casos en que los artes de pesca queden bloqueados.
19. Monitores y cámaras de seguridad.
20. Equipos y demás elementos necesarios para mejorar la seguridad en cubierta.
B. Los equipos que tengan por objeto mejorar las condiciones de salud de los pescadores a bordo de los buques de pesca:
1. La compra y la instalación de botiquines de primeros auxilios.
2. La compra de medicamentos y de dispositivos para tratamiento de urgencia a bordo.
3. El suministro de servicios de telemedicina, incluidos los equipos, las tecnologías electrónicas y los dispositivos de imágenes médicas aplicados a la consulta a distancia desde los buques.
4. La adquisición de guías y manuales para mejorar la salud a bordo.
C. La compra e instalación de los equipos que se citan a continuación y que tengan por objeto mejorar las condiciones de higiene de los pescadores a bordo de los buques de pesca:
1. Instalaciones sanitarias tales como aseos y lavabos.
2. Cocinas y equipos de almacenamiento de productos alimentarios.
3. Depuradoras de agua para la producción de agua potable.
4. Equipos de limpieza para mantener a bordo las condiciones sanitarias adecuadas.
5. Guías y manuales para la mejora de la higiene a bordo, herramientas informáticas incluidas.
D. La compra e instalación de los siguientes equipos que tengan por objeto mejorar las condiciones de trabajo a bordo de los buques de pesca:
1. Barandillas de cubierta.
2. Estructuras de cubierta de abrigo y elementos de modernización de los camarotes que protejan de las condiciones meteorológicas adversas.
3. Elementos para la mejora de la seguridad de los camarotes y el establecimiento de zonas comunes para la tripulación.
4. Equipos para aligerar el levantamiento manual de cargas pesadas, con exclusión de las máquinas utilizadas directamente en las operaciones de pesca, como por ejemplo, los chigres.
5. Pintura y alfombras de goma antideslizantes.
6. Material de aislamiento contra el ruido, el calor o el frío y equipos para mejorar la ventilación.
7. Ropas de trabajo y equipos de seguridad tales como botas de seguridad impermeables, dispositivos de protección respiratoria y ocular, guantes y cascos de protección contra las caídas.
8. Señales de emergencia, de seguridad y de alerta.
9. Análisis y evaluaciones que determinen los riesgos que corran los pescadores en puerto o durante la navegación con el fin de adoptar medidas para prevenirlos o reducirlos.
10. Guías y manuales para la mejora de las condiciones de trabajo a bordo.
E. No serán subvencionables en ningún caso los costes del mantenimiento programado o preventivo de cualquier parte de los equipos que mantengan en funcionamiento un aparato.