Objeto
Las ayudas que se contemplan en estas actuaciones tienen como finalidad promover y mejorar la participación española en iniciativas europeas en ciencia y tecnología en H2020, en especial y de manera específica:
    a) Incrementar la participación de todos los agentes del Sistema Español de Ciencia, Tecnología e Innovación en H2020.
    b) Posibilitar la coordinación y el liderazgo de grandes proyectos de H2020.
c) Mejorar la tasa de éxito y de retorno conseguido por las entidades beneficiarias en H2020 con respecto al Séptimo Programa Marco de Investigación y Desarrollo Tecnológico 2007-2013 (7PM).
d) Fomentar la excelencia e internacionalización del personal investigador de las instituciones ejecutoras de I+D+I.
e) Apoyar el acceso a H2020 de entidades españolas sin experiencia previa.
f) Facilitar el cumplimiento de los objetivos de participación establecidos en los planes estratégicos de internacionalización de las entidades beneficiarias.
Las ayudas estarán destinadas a financiar los gastos de personal, pequeño equipamiento, materiales y otros gastos relacionados con los objetivos de la actuación.
Dotación presupuestaria
3.000.000 €
Límite
Cada una de las ayudas concedidas podrá cubrir total o parcialmente el presupuesto previsto con un máximo de 25.000 euros en las propuestas de acciones de Investigación e innovación y acciones Marie Sklodowska-Curie RISE e ITN; y de 10.000 euros en las propuestas de proyectos individuales al Consejo Europeo de Investigación (ERC) a presentar en las convocatorias de H2020.
Entidades beneficiarias
a) Organismos  públicos  de  investigación  definidos  en  el  artículo  47  de  la  Ley  de  la
Ciencia.
b) Las   universidades   públicas,   sus   institutos   universitarios,   y   las   universidades
privadas con capacidad y actividad demostrada en I+D, de acuerdo con lo previsto en la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, e inscritas en el registro creado por el Real Decreto 1509/2008, de 12 de septiembre, por el que se regula el Registro de Universidades, Centros y Títulos.
c) Otros  centros  públicos  de  I+D:  organismos  públicos  y  centros  con  personalidad
jurídica propia dependientes o vinculados a la Administración General del Estado, y
los  dependientes  o  vinculados  a  las  administraciones públicas  territoriales  y  sus  organismos,  o  participados  mayoritariamente  por  el  sector  público,  cualquiera  que sea su forma jurídica.
d)Entidades   e   instituciones   sanitarias   públicas  y   privadas   sin   ánimo   de   lucro,
vinculadas  o  concertadas  con  el  Sistema  Nacional  de  Salud,  que  desarrollen
actividad investigadora.
e) Institutos  de  investigación  sanitaria  acreditados  conforme  a  lo  establecido  en  el
Real Decreto 339/2004, de 27 de febrero, y normas complementarias.
f) Entidades  públicas  y  privadas  sin  ánimo  de  lucro  que realicen  actividad  de  I+D, definida   en   sus   estatutos   como   actividad   principal,   y   generen   conocimiento científico o tecnológico.
g) Centros  tecnológicos  de  ámbito  estatal  y  centros  de  apoyo  a  la  innovación
tecnológica  de  ámbito  estatal  que  estén  inscritos  en  el  registro  de  centros  creado por  el  Real  Decreto  2093/2008,  de  19  de  diciembre,  por  el  que  se  regulan  los Centros  Tecnológicos  y  los  Centros  de  Apoyo  a  la  Innovación  Tecnológica  de ámbito estatal y se crea el registro de tales centros
Plazos de tramitación
23/06/2017 – 06/07/2017
