1.- Subvencionar, con carácter excepcional y conforme a las estipulaciones establecidas en el presente Acuerdo, a los centros docentes de la Comunidad Autónoma del País Vasco con concierto educativo relacionados en el Anexo I.

2.- Las subvenciones tienen por finalidad contribuir a financiar tanto la adquisión de licencias como la creación por el propio centro de libros digitales educativos en euskera destinados a 5º y 6º de Primaria y Educación Secundaria Obligatoria. Las licencias adquiridas podrán destinarse para su uso tanto en el curso 2021-22 como en el curso 2022-23.

3.- Se entiende por libros digitales educativos los recursos y materiales interactivos que, alineados con los objetivos definidos en el currículo del curso o materia y los criterios de evaluación correspondientes, integran elementos icónicos, visuales, auditivos y audiovisuales que permiten ser utilizados por el profesor según sus necesidades docentes y posibilitan al alumno explorar y manipular la información de forma creativa, atractiva y colaborativa.

 

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