Objeto

Apoyo financiero a nuevos proyectos empresariales de carácter innovador industrial o de servicios conexos, tutelados por un CEI, de los relacionados en el Anexo I, para las fases de maduración de la idea y de puesta en marcha de la empresa.

Límite

Ayudas al acompañamiento: Hasta el 100% de los gastos subvencionables con un límite de 30.000 euros dentro del plazo máximo de 18 meses de ejecución. Ayudas de acceso a la financiación: Consisten en operaciones de préstamo con las siguientes características: Importe mínimo: 40.000 euros. Importe máximo: 180.000 euros. Tipo de interés: euribor a seis meses + 1,25. Plazo de amortización: 7 años. Carencia: 2 años. Cuotas trimestrales, a fin de cada trimestre natural. Garantías: compromiso de ejecución del proyecto empresarial. Comisión de apertura y estudio: exento

Entidades beneficiarias

Ayudas al acompañamiento: Serán beneficiarias, las personas físicas y jurídicas portadoras de una idea de proyecto empresarial de carácter innovador industrial o de servicios conexos y que se vaya a poner en marcha en la Comunidad CAPV. La persona física deberá acreditar su Empadronamiento en la CAPV. Ayudas de acceso a la financiación: Serán beneficiarias, las personas jurídicas que se comprometen a realizar un Plan de Empresa en la CAPV y que cumplan los siguientes requisitos: 1.- Actividad de carácter innovador industrial o de servicios conexos. 2.- Generación de al menos 3 empleos en 3 años. 3.- Tener su domicilio social, centro de decisión y/o al menos un centro de actividad ubicado en la CAPV. 4.- Ser de nueva creación, entendida como tal, toda empresa creada después del día 1 de enero del año anterior al de presentación de la solicitud. 5.- No tener deudas vencidas con cualquiera de las sociedades del grupo SPRI ni con las entidades colaboradoras y promotoras, tanto la beneficiaria como las personas promotoras u otras sociedades vinculadas. 6.- Cumplir con los requisitos establecidos en el artículo 13 de la vigente Ley 38/2003, de 17 noviembre, General de Subvenciones. 7.- Tener su situación regularizada en cuanto a sus obligaciones tributarias y para con la Seguridad Social, según los límites que resulten exigibles de acuerdo con la legislación vigente. 8.- Tener la calificación de PYME

Plazos de tramitación

01/01/2018 – 31/12/2020