Objeto

La escasez de los recursos energéticos y la incidencia que sobre el medioambiente tiene el uso de la energía, influyen de manera creciente en la preocupación tanto de las administraciones como de la sociedad. Así, el objetivo prioritario de este Programa de Ayudas es reducir el consumo de energía de las distintas instalaciones y edificios públicos municipales existentes en la Comunidad Autónoma del País Vasco (en adelante «CAPV») y aumentar la participación de las energías renovables, mediante la implantación de distintas medidas, poniendo a disposición del Sector de la Administración Pública los medios económicos que faciliten la realización de las actuaciones energéticas comprendidas en este Programa de Ayudas.

Dotación presupuestaria

650.000

Límite

Las actuaciones llevadas a cabo bien en el ámbito de la eficiencia energética, o bien dentro del sector de
las energías renovables, tendrán como cuantía total y máxima de ayuda para un mismo beneficiario, en
el marco de esta convocatoria de ayudas, sesenta y cinco mil (65.000) euros, y en ningún caso se
superarán los porcentajes establecidos para cada tipo de proyecto contemplado en las bases 4.ª y 5.ª de
este Programa de Ayudas.
En cualquier caso, toda inversión correspondiente a las actuaciones enmarcadas en las bases 4.1 y 4.2,
ambas dentro del ámbito de la eficiencia energética, no podrán superar el 20% del coste
subvencionable; en el caso de las actuaciones en el ámbito de las energías renovables el porcentaje
máximo no será superior al 35%.
Cuando el tipo de inversión se tipifique como Auditoria Energética, caso de la base 4.3.1, la cuantía total
y máxima de ayuda que podrá recibir un mismo beneficiario, en el marco de esta convocatoria de ayuda,
será de veinte mil (20.000) euros y no podrá superar el 50% del coste subvencionable, que en este caso
es coincidente con el coste de referencia; si se trata de una inversión englobada en la base 4.3.2, la
máxima ayuda será de cincuenta y cuatro mil (54.000) euros y n o podrá s uperar e l 7 5% d el c oste
subvencionable.
Específicamente para las actuaciones de eficiencia energética se establece como cuantía de ayuda por
tonelada equivalente de petróleo (tepEP, en unidades de energía primaria) de ahorro acreditado un
valor de 1.200 €/tepEP.

Entidades beneficiarias

Podrán acceder a las subvenciones objeto de convocatoria los Ayuntamientos, Mancomunidades
de Ayuntamientos, Cuadrilla y Juntas Administrativas, que lleven a cabo en el territorio de la CAPV
actuaciones de las previstas en las bases 4.ª y 5.ª de este Programa de Ayudas.

Requisitos

Será requisito necesario para la calificación de sujeto beneficiario, con carácter previo a la
concesión de la ayuda así como para mantenerse en dicha condición hasta la liquidación de la
subvención concedida, el encontrarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones
tributarias, para con la seguridad social y, en su caso, en el pago de obligaciones por reintegro de
subvenciones.

Plazos de tramitación

27/06/2017 – 15/09/2017