Dado el proceso de adaptación al nuevo marco regulatorio europeo (PDR 2015-2020) en el que esta Dirección de Desarrollo Rural y Litoral y Políticas Europeas se encuentra inmersa y dado que resulta indispensable dar continuidad a determinadas líneas que se consideran fundamentales para los objetivos de desarrollo rural en Euskadi, se procede a convocar, para el ejercicio 2018, las ayudas destinadas al desarrollo y a la diversificación económica de las zonas rurales de la Comunidad Autónoma del País Vasco clasificadas G4, G5 y G6 según el estudio de “Definición Técnica de zonas rurales”.
Listado de zonas rurales con grado de ruralidad G4, G5 y G6, clasificadas a nivel de entidad (Anexo I)
Para la consecución de estos objetivos, desempeñan un papel importante tanto las Asociaciones de Desarrollo Rural como la Fundación HAZI Fundazioa en calidad de instrumentos de participación y colaboración de los agentes económicos y sociales en las actuaciones de desarrollo rural.
En consecuencia y para cualquier cuestión relacionada con esta convocatoria, los datos de contacto son los siguientes:
– Asociaciones de Desarrollo Rural de Araba/Álava, Bizkaia y Gipuzkoa, en función de la comarca donde se ubique el proyecto. Estas asociaciones dan apoyo técnico y administrativo a la Dirección de Desarrollo Rural y Litoral y Políticas Europeas en base a los convenios de colaboración suscritos entre este Departamento de Desarrollo Económico e Infraestructuras y cada una de las citadas asociaciones.
– Dirección de Desarrollo Rural y Litoral y Políticas Europeas del Gobierno Vasco
Arantxa Peña
Teléfono: 945 016 308
E-mail: a-pena@euskadi.eus
– Fundación HAZI Fundazioa, como medio propio e instrumental del Departamento de Desarrollo Económico e Infraestructuras
Teléfono: 945 003 240
E-mail: hazi@hazi.eus
Apoyar inversiones para la creación y desarrollo de actividades no agrarias que contribuyan al mantenimiento o incremento del empleo en las zonas rurales de la CAPV, tales como:
– Actividades no relacionadas con el sector agrario pero que lo diversifiquen.
– Constitución y desarrollo de microempresas, pequeñas y medianas empresas y proyectos desarrollados por personas físicas dadas de alta como autónomas siempre que las inversiones no se destinen a la producción, transformación y comercialización de productos agroalimentarios. Se entenderá por desarrollo cualquier inversión que suponga un aumento de la productividad o una nueva línea productiva o de negocio. Podrán ser beneficiarias las empresas y los autónomos siempre que se ubiquen o residan en zonas rurales y la actividad no sea agraria.
– Creación neta de empleo.