El objeto de esta convocatoria de subvención es la concesión de ayudas económicas destinadas a hacer frente a las necesidades derivadas de la ausencia de ingresos registrados en establecimientos de hostelería, comercios minoristas y otras actividades desarrolladas por personas autónomos o empresarios individuales, comunidades de Bienes y Sociedades civiles constituidas por estos cuya actividad ha quedado suspendida por la aplicación del Real Decreto 463/2020 de 14 de marzo y por el Real Decreto ley 10/2020 de 31 de marzo.
PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES: 07/05/2020 – 17/06/2020
IMPORTE: 200.000,00 euros
DESTINATARIOS:
Los comercios, establecimientos hosteleros o autónomos y empresarios individuales que haya cesado su actividad acorde a lo dispuesto en el RD 463/2020, de 14 de marzo, deberá tener su actividad y domicilio fiscal en Güeñes y encontrarse de alta y al corriente de pago en autónomos durante los meses de enero y febrero.
Estas ayudas están destinadas personas trabajadoras por cuenta propia o autónomas, comunidades de bienes y sociedades civiles constituidas por éstas, y cuya facturación en el mes de abril se haya visto reducida al menos un 75% en relación con el promedio de facturación del semestre anterior
NORMATIVA: