Objeto

La concesión de ayudas a fondo perdido para subvencionar
los gastos derivados de la creación y puesta en marcha de proyectos
empresariales e inversión, durante el año 2017, promovidos
por personas promotoras en situación de desempleo que
cumplan los requisitos establecidos en el punto 2 de las presentes
bases.

Dotación presupuestaria

30.000 €

Límite

Se establece una ayuda a fondo perdido de hasta 3.000? para
subvencionar los gastos de puesta en marcha e Inversión de empresas
que se creen y tengan su domicilio social y fiscal en Güeñes,
siendo subvencionable un único proyecto independientemente de
la forma jurídica del mismo.

Entidades beneficiarias

Podrá acceder a los beneficios de ayudas a la puesta en marcha
de proyectos empresariales cualquier iniciativa independientemente
de la forma jurídica que adopte la constitución de la empresa,
siempre y cuando se cumplan los requisitos establecidos en
el punto 2 de las bases.

Requisitos

Las personas promotoras de nuevos proyectos empresariales
deben cumplir los siguientes requisitos:
2.a) Estar empadronada en Güeñes con anterioridad al 1 de
enero de 2016 al menos una de las personas promotoras del proyecto
empresarial e inscritas como demandantes de empleo en Lanbide
con fecha inmediatamente anterior a la fecha de Alta en el
Impuesto de Actividades Económicas.
En el supuesto de no cumplir este requisito, será necesario
que mantengan su actividad durante un mínimo de 2 años y se establece
la obligatoriedad de, en caso de realizar una contratación en
este período, se contrate a un vecino del municipio de Güeñes que
se encuentre inscrito como demandante de empleo en Lanbide con
fecha anterior a la contratación, y que este empadronado en el municipio
desde antes del 1 de enero de 2016.
2.b) No haber ejercido en el municipio de Güeñes una actividad
del mismo grupo de las tarifas del Impuesto de Actividades
Económicas en el año y medio inmediatamente anterior a la fecha
de Alta en la actividad, tanto la persona solicitante como personas
con una relación de consanguinidad hasta el segundo grado o que
formen parte de misma unidad convivencial, salvo que se trate de
supuestos de relevo generacional

Plazos de tramitación

13/01/2017 – 31/12/2017