Actividades subvencionables

La constitución de empresas de economía social, incluyendo los supuestos de transformación de entidades con actividad empresarial ya existentes en empresas de Economía Social. A los efectos de esta Orden se entenderán como empresas de economía social, exclusivamente, las cooperativas de trabajo asociado, las cooperativas de explotación comunitaria de la tierra, las cooperativas agrarias y las demás clases de cooperativas cuando tengan carácter integral respecto de las personas socias de trabajo quienes participarán en los órganos societarios de forma equilibrada con los de otra clase; también las sociedades laborales; así como las sociedades cooperativas integradas por estudiantes universitarios que desarrollen una empresa como parte de su formación académica, tutelada por la Universidad correspondiente.

Entidades beneficiarias:

Para acceder a estas ayudas las Cooperativas y Sociedades Laborales deberán estar inscritas en el Registro de Cooperativas o en el Registro Mercantil, respectivamente, entre el 28 de julio de 2018 y el 19 de junio de 2019, ambos incluidos.

 

 

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