Objeto

Convocar para el año 2018, mediante régimen de concurrencia competitiva, con carácter plurianual, ayudas generales para la producción de largometrajes sobre proyecto, mediante convocatoria abierta con dos procedimientos de selección.

Dotación presupuestaria

7.076.000,00 euros

Límite

El importe máximo de la ayuda que se conceda será de 500.000 euros por proyecto beneficiario, siempre que dicho importe no supere el 40 por 100 del coste que en su día sea reconocido al largometraje

Entidades beneficiarias

Las empresas productoras independientes. Las Agrupaciones de Interés Económico cuyo objeto social, según su inscripción en el registro mercantil, sea la realización de actividades de producción cinematográfica, siempre que reúnan la condición de productora independiente. Las empresas productoras no independientes, conforme a lo establecido en el artículo 4 n) de la Ley 55/2007, de 28 de diciembre, del Cine.

Requisitos

Los proyectos de largometraje, incluidos los realizados en régimen de coproducción con empresas extranjeras, deben tener nacionalidad española. Que el coste máximo de producción que, en su día, se reconozca al largometraje sea de 1.800.000 euros, o de 2.500.000 euros en el caso de largometrajes de animación. Que se acredite en el momento de presentar la solicitud de la ayuda que el proyecto tiene garantizada una financiación de, al menos, el 15 por cien del presupuesto previsto para la producción del largometraje Que, al menos, el 50 por cien de los gastos presupuestados del largometraje se realicen en España o revierta en autores o en equipos técnicos, artísticos o de servicios que posean residencia fiscal en España. Que, al menos, un 10 por cien de los gastos presupuestados del largometraje se destinen a copias, publicidad y promoción para su estreno comercial en salas de exhibición cinematográfica. Que el estreno del largometraje tenga lugar, como mínimo, en quince salas de exhibición. Este número se reducirá a cinco en el caso de los largometrajes con versión original en lenguas cooficiales y en el caso de largometrajes de carácter documental. No se requiere que el estreno en las salas sea simultáneo. Que la empresa productora solicitante de la ayuda, aisladamente o en conjunto con sus empresas vinculadas haya producido, con una titularidad mínima sobre la obra del 10%, en los últimos seis años, u ocho años en el caso de proyectos de animación, al menos, dos cortometrajes o un largometraje que hayan sido calificados por grupos de edad y obtenido el correspondiente certificado de nacionalidad española, o haya participado en una serie o película de televisión como productora encargada de la producción.

Plazos de tramitación

03/08/2018 – 24/08/2018