Objeto
Las ayudas a conceder son para el establecimiento de servicios de sustitución en caso de vacaciones, enfermedad o accidente o maternidad o paternidad, para de esta forma mejorar de las condiciones de trabajo y aumentar la calidad de vida de las personas agricultoras.
Dotación presupuestaria
61.000,00 euros
Límite
En todo los casos, las cantidades subvencionadas no podrán superar el 70% del coste del servicio prestado y abonado.
Entidades beneficiarias
a) Persona agricultora en calidad de ATP y titular de explotación propia b) Personas jóvenes agricultoras en proceso de primera instalación c) Explotaciones asociativas
Requisitos
Ayudas a sustituciones realizadas entre particulares. Requisitos exigibles a la persona o entidad que realiza la sustitución La sustitución deberá realizarse por personas ajenas a la explotación. En los casos de sustitución de un miembro de entidad asociativa no se podrán realizar sustituciones entre miembros de la misma sociedad. Podrán prestar sustituciones a terceros: a) Personas agricultoras en calidad de ATP y titulares de explotación propia. b) Jóvenes en proceso primera instalación o jóvenes que acrediten formación reglada en rama agraria. c) Personas autónomas cualificadas con experiencia en la prestación de Servicios Agrarios.
Plazos de tramitación
23/06/2018 – 31/10/2018