Objeto

Es objeto de las presentes bases la regulación de las condiciones que regirán la concesión de las ayudas económicas, en régimen de concurrencia competitiva, dirigidas al desarrollo y producción de proyectos audiovisuales (de ficción, animación, documental y series), y a la elaboración de guiones para largometrajes.

Dotación presupuestaria

100.000,00 euros euros. Al desarrollo de proyectos de cine y televisión: 25.000,00 euros. A la producción de largometrajes: 40.000,00 euros. A la producción de cortometrajes: 25.000,00 euros. A la escritura de guiones para largometraje: 10.000,00 euros.

Entidades beneficiarias

Personas físicas o jurídicas privadas independientes cualquiera que sea su forma jurídica que ejerzan una actividad mercantil que cumplan los siguientes requisitos:

Requisitos

a.- Tener domicilio social y fiscal en el municipio de Vitoria-Gasteiz. b.- En cualquier caso, quedan excluidas las sociedades públicas y entidades de derecho público, así como las entidades sin ánimo de lucro y las que realicen actividades asociativas o profesionales (asociaciones, colegios profesionales, etc.) c.- Cuando la ayuda se solicite para una coproducción, la persona solicitante deberá tener una participación de, al menos, el 25 por ciento de la producción audiovisual resultante. d.- Podrán optar a estas ayudas, equiparándose a estos efectos a las productoras de carácter independiente, las agrupaciones de interés económico cuyo objeto social, según su inscripción en el Registro Mercantil, sea la realización de actividades de producción. e.- No podrán acceder a la condición de entidad beneficiaria de subvenciones, aquellas que impidan la presencia y/o participación de mujeres o de hombres, en términos de igualdad, en su seno, salvo aquellas compuestas por miembros de un solo sexo cuyo objeto principal sea la consecución de la igualdad de mujeres y hombres o la promoción de los intereses y necesidades específicas del colectivo de las mujeres o de los hombres. f.- Hallarse al corriente de sus obligaciones fiscales, con la Seguridad Social y tributarias con el Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz. Esta exigencia deberá concurrir en el momento de la presentación de la solicitud y mantenerse vigente durante todo el proceso subvencionatorio (concesión, reconocimiento de la obligación y pago). g.- Sin perjuicio de la posible presentación de diversos proyectos por cada persona solicitante, tan solo podrá ser objeto de subvención un proyecto por persona o empresa beneficiaria y modalidad de ayudas.

Plazos de tramitación

14/07/2018 – 02/08/2018