Objeto

Apoyo a los emprendedores y a la creación de nuevas empresas en Álava, con especial atención y apoyo hacia aquellas innovadoras, que aporten al tejido empresarial de Álava actividades de diversificación y de nuevas tecnologías, con alto valor añadido y potencial de crecimiento.

Dotación presupuestaria

950.000 €

Límite

Las ayudas contempladas en la presente convocatoria, se materializarán a través de
subvenciones del 50 por ciento del gasto subvencionable, con un límite máximo de 30.000,00
euros por proyecto de los cuales como máximo 15.000,00 euros podrán provenir de las adquisiciones
de inmovilizado a realizar.
Si la entidad beneficiaria obtiene una calificación de 80 puntos o superior en su valoración,
este límite se amplía hasta 40.000,00 euros, de los cuales como máximo 20.000,00 euros podrán
provenir de las adquisiciones de inmovilizado a realizar.
Si los gastos en que se incurren para el desarrollo del proyecto se realizan en varios
ejercicios, se podrá presentar dicho proyecto a sucesivas ediciones de las presentes ayudas,
aplicándose los límites del apartado anterior al conjunto del proyecto en el momento previo a
la adjudicación y teniéndose en cuenta los importes de subvención efectivamente abonados.
Para que el proyecto pueda ser subvencionable este debe alcanzar un importe de subvención
mínimo a aprobar de 1.500,00 euros.

Entidades beneficiarias

a) Promotores individuales con un proyecto de creación de una nueva unidad empresarial. Con anterioridad al abono de la subvención, los promotores individuales deberán tener el domicilio social y fiscal en Álava y darse de alta en el Impuesto de Actividades Económicas en un municipio del Territorio Histórico. b) Empresas alavesas que deseen diversificar su actividad, presentando un proyecto concreto de creación de una nueva unidad empresarial que tenga personalidad jurídica distinta a la anterior. c) Empresas o promotores con sede fuera de Álava que implanten un centro de actividad en nuestro Territorio. d) Empresas alavesas que estén ya constituidas y tengan una antigüedad máxima de dos años a la fecha de presentación de la solicitud, y se encuentren aún en fase de lanzamiento de su actividad.

Requisitos

– Los/as beneficiarios/as deberán hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias con Hacienda y con la Seguridad Social en los términos estipulados en el Decreto Foral 58/2004, tanto con carácter previo al momento de la resolución de concesión como al del abono de la subvención. Cuando la empresa no tenga asignado código de cuenta de cotización en ningún régimen del sistema de la Seguridad Social, deberán hallarse al corriente de la Seguridad Social todos/as los/as socios/as de la empresa. – Los proyectos podrán venir tutelados por entidades públicas o privadas con experiencia en el campo del desarrollo de nuevos proyectos empresariales y apoyo a nuevos/as emprendedores/as. A efectos de la presente normativa, no se considerará tutela el asesoramiento recibido por parte de empresas de consultoría con ánimo de lucro. – Quedan excluidos los proyectos desarrollados por las sociedades con participación accionarial directa del sector público y las entidades de derecho público así como las personas y actuaciones que puedan ser beneficiarias dentro del Plan de Ayudas al sector agrario alavés que promueva el Departamento de Agricultura de la Diputación Foral de Álava. – Así mismo quedan excluidos/as los/as solicitantes que no hayan justificado dentro del plazo establecido otras subvenciones otorgadas en anteriores convocatorias de esta misma línea de ayudas.

Plazos de tramitación

04/02/2017 – 31/03/2017