Objeto

Se otorgarán subvenciones a fondo perdido a las empresas de la comarca para la contratación de personas desempleadas que participen (y superen) en el «Programa de Bonos de Formación» de la Mancomunidad Urola Kosta.

Dotación presupuestaria

75.000,00 euros

Entidades beneficiarias

Empresas

Requisitos

a)Ser empresa o institución empleadora de cualquier forma jurídica. Tendrán preferencia las empresas con sede (o lugar de trabajo) en la comarca (Aia, Getaria, Orio, Zarautz, Zumaia), siendo su ayuda de una cuantía superior. b)Estar dada de alta en el IAE y cumplir con las obligaciones del citado impuesto, cuando la empresa lleve a cabo actividades sujetas al mismo. En el caso de estar exentas del pago, se deberá acreditar mediante declaración responsable. En el caso de las empresas solicitantes ubicadas en la comarca la Mancomunidad verificará el cumplimiento de dichos requisitos directamente ante la administración correspondiente. En el caso de las empresas de fuera de la comarca éstas deberán acreditar dichos requisitos documentalmente. c)Estar al corriente en las obligaciones tributarias de la Hacienda Foral, de la Seguridad Social y del ayuntamiento correspondiente. En el caso de las empresas solicitantes ubicadas en la comarca la Mancomunidad verificará el cumplimiento de dichas obligaciones directamente ante la administración correspondiente. En el caso de las empresas de fuera de la comarca éstas deberán acreditar su cumplimiento documentalmente. d)El cumplimiento de la legislación en vigor en materia laboral y de forma especial la relativa a la prevención de riesgos laborales. e)No ser dependientes ni estar societariamente vinculadas o participadas en el 50% o más a administraciones, entes u organismos públicos ni empresas no consideradas pequeñas. f)No haber sido excluidas del acceso a subvenciones públicas por la comisión de infracciones. g)Formalizar la contratación objeto de la ayuda en el año 2019 .h)Aplicar a la contratación objeto de la ayuda el convenio laboral que corresponda a la empresa. i)Que la contratación subvencionada suponga una creación neta de empleo en la empresa contratante, es decir: la media total existente en la empresa en el mes de incorporación de la persona contratada mediante la ayuda será mayor que la media total de los 90 días inmediatamente anteriores. Para el cálculo de la media de la plantilla se tomarán en consideración las jornadas completas y las jornadas parciales (en su proporción). j)Participar en las sesiones de seguimiento del programa: la empresa beneficiaria de la ayuda deberá asistir a una sesión con los servicios técnicos de la Mancomunidad (antes de la conclusión del contrato); asimismo, la persona contratada deberá asistir a una sesión de seguimiento con el Servicio de Orientación de la Mancomunidad, a lo largo del periodo del contrato objeto de la ayuda (la empresa deberá permitir la asistencia a dicha sesión en horario laboral).

Plazos de tramitación

01/06/2019 – 20/12/2019