Objeto

Las actividades subvencionables con arreglo al presente Decreto Foral son las publicaciones periódicas que se editen durante el ejercicio 2018, y que dispongan de las siguientes características:
a) Se editen exclusivamente en euskera.
b) Sean de información municipal o comarcal o territorial y multidisciplinar.
c) Tengan asignado, en su caso, el depósito legal y el ISSN o, en su defecto, haber tramitado su solicitud.
d) Incluya un pie de imprenta, en su caso, con todos los requisitos exigidos por la legislación vigente.
e) No se distribuyan exclusivamente como suplemento con otra publicación.
f) Asimismo, y de conformidad con la Ley 4/2005, de 18 de febrero, para la Igualdad de Mujeres y Hombres, hagan un uso no sexista de todo tipo de lenguaje (documental, visual, etc.) en la ejecución del proyecto y en los documentos y soportes que produzcan directamente o a través de terceras personas o entidades.

Dotación presupuestaria

400.000,00 euros

Entidades beneficiarias

Podrán beneficiarse de las subvenciones reguladas por el presente Decreto Foral las sociedades mercantiles, sociedades cooperativas, personas empresarias individuales, profesionales y las personas jurídicas privadas sin ánimo de lucro del Territorio Histórico de Bizkaia que editen publicaciones periódicas en dicho territorio.

Requisitos

a) Tener el domicilio social en el Territorio Histórico de Bizkaia.
b) Asumir como mínimo el 40% de la financiación de la publicación; o, únicamente el 35% para los casos en los que, por lo menos, el 10% de su financiación provenga de los ingresos de la venta al público de la publicación.
c) Asumir, a lo largo de la ejecución del proyecto subvencionado, el uso no sexista del lenguaje en la publicación o en cualquier documento definitivo escrito o digital, y desagregar los datos por sexo en cualquier estadística referida a personas que, en su caso, se genere, todo ello al amparo del artículo 2.3.de la Ley 4/2005, de 18 de febrero, para la igualdad de mujeres y hombres, en el que se señalan los principios generales que deberán respetarse.

Plazos de tramitación

02/01/2018 – 31/01/2018