Objeto

Convocar para el año 2019 ayudas a la producción de cortometrajes sobre proyecto, mediante régimen de concurrencia competitiva.

Dotación presupuestaria

600.000,00 euros

Límite

La cuantía máxima de la ayuda será de 30.500 euros por proyecto beneficiario, sin que en ningún caso dicho importe pueda superar el 75 % del coste que en su día sea reconocido al cortometraje por el lnstituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales

Entidades beneficiarias

Empresas productoras independientes

Requisitos

1. Los proyectos de cortometraje que sean objeto de estas ayudas, incluidos los realizados en régimen de coproducción con empresas extranjeras, deben tener nacionalidad española o estar en disposición de obtenerla por cumplir los requisitos que para el acceso a la misma establece el artículo 5 de la Ley 55/2007, de 28 de diciembre, lo que se comprobará por el lnstituto de la Cinematografíay de las Artes Audiovisuales. 2. Los proyectos de cortometraje realizados en régimen de coproducción con empresas extranjeras, previamente a finalizar el plazo de presentación de la solicitud de la ayuda, para poder acceder a ésta, deberán haber obtenido la aprobación de la correspondiente coproducción internacional conforme a lo establecido en la Secciôn 2″ del Capítulo ll del Real Decreto 108412015, de 4 de diciembre. 3. No podrán acceder a las ayudas los proyectos que, en el momento de la decisión final de la Comisión de ayudas a la producción de largometrajes y cortometrajes, hubieran presentado la solicitud de la calificación por grupos de edad. 4. Los proyectos que en el momento de la decisión final de la comisión de ayudas a la producción de largometrajes y cortometrajes hayan iniciado el rodaje, deberán estar en condiciones, para resultar beneficiarios de la ayuda, de poder cumplir las obligaciones establecidas en el apartado undécimo de la presente Resolución, en los plazos previstos en el mismo.

Plazos de tramitación

18/05/2019 – 17/06/2019