Objeto

Apoyar el desarrollo de actividades de promoción turística del Territorio Histórico de Álava.

Dotación presupuestaria

567.750,00 euros

Límite

En todo caso, el importe de la subvención máxima para las entidades locales obtenida de la aplicación de los porcentajes anteriores no podrá superar los 70.000,00 euros, salvo en el caso de ayuntamientos beneficiarios que cuenten con una población de derecho inferior a 20.000 habitantes, en cuyo caso la subvención máxima a obtener será de 20.000,00 euros. En el caso de las asociaciones sin ánimo de lucro el importe de la subvención máxima obtenida de la aplicación de los porcentajes anteriores no podrá superar los 20.000,00 euros, salvo en el caso de entidades que formen parte del Sector Público Foral en términos del Sistema Europeo de Cuentas SEC 95 y la Ley de Estabilidad Presupuestaria, en el que el importe máximo de subvención a obtener será de 15.000,00 euros.

Entidades beneficiarias

a) Cuadrillas del Territorio Histórico de Álava. b) Ayuntamientos del Territorio Histórico de Álava que dispongan de una oficina de turismo o punto de información turística y vengan prestando los correspondientes servicios durante, al menos, los últimos tres años. c) Asociaciones sin ánimo de lucro de ámbito provincial, y debidamente inscritas en el registro de Asociaciones de la Comunidad Autónoma, cuyo objeto social sea la promoción turística o desarrollen un proyecto turístico o gastronómico en el Territorio Histórico de Álava, y siempre que las acciones planteadas en los proyectos destaquen tanto por la consecución de los objetivos perseguidos como por la proyección del destino turístico, estando excluidas expresamente como tales las Asociaciones de Desarrollo Rural.

Requisitos

– Los beneficiarios deberán hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones con Hacienda y con la Seguridad Social en los términos estipulados en el Decreto Foral 58/2004, con carácter previo tanto al momento de la resolución de concesión como al del abono de la subvención. – Quedan expresamente excluidos tanto los solicitantes que cuenten con una subvención nominativa de la Dirección de Promoción Económica, como aquellos que no hayan realizado o justificado dentro del plazo establecido otras subvenciones otorgadas en anteriores convocatorias de esta misma línea de ayudas, salvo que, a juicio del Servicio de Promoción Económica y Empleo, se hubieran justificado suficientemente las razones de ese incumplimiento.

Plazos de tramitación

21/04/2018 – 20/05/2018