Objeto
El objeto de estas subvenciones es la financiación a agrupaciones de dos o más personas físicas o jurídicas para la ejecución, a través de grupos operativos, de proyectos de innovación de interés general.
Los proyectos deben estar orientados a beneficiar a todo un sector o subsector en el ámbito nacional y sus actuaciones se realizarán en dos o más comunidades autónomas debiendo estar orientados a alguno de los objetivos de la Asociación
Europea para la Innovación en materia de productividad y sostenibilidad agrícolas.
Límite
600.000 euros por agrupación beneficiaria
Entidades beneficiarias
Podrán solicitar las subvenciones previstas en este real decreto agrupaciones de al menos dos personas, físicas o jurídicas independientes entre sí, en aplicación del artículo 11.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, de los siguientes perfiles:
a) del sector agroalimentario y forestal: como por ejemplo organizaciones representativas de agricultores, ganaderos o silvicultores, organizaciones interprofesionales, empresas del sector y sus organizaciones representativas, entre otros;
b) del sector investigador o del conocimiento: como por ejemplo universidades, centros de tecnología, entidades de I+D+i, entidades de asesoría, plataformas tecnológicas, entre otros.
C) otros: organizaciones no gubernamentales, grupos de acción local, o cualquier otro actor que desempeñe un papel relevante en relación a la temática que abordará la agrupación.
D) Las agrupaciones procurarán tener una composición equilibrada de mujeres y hombres en lo que respecta a sus miembros personas físicas, en su caso
Plazos de tramitación
29/06/2018 – 18/07/2018