Actividades Subvencionables.
1.– Las ayudas tendrán la consideración de subvenciones cuyos gastos irán dirigidos a financiar:
a) El desarrollo e implantación de métodos y herramientas que faciliten y mejoren la participación de las personas trabajadoras en la gestión y en los órganos de las Empresas de Economía Social.
b) Realización de estudios para la promoción de la participación de los trabajadores y difusión de buenas prácticas en dicha materia.
2.– Las acciones subvencionables deberán iniciarse durante el año en curso y deberán finalizar con anterioridad al 31 de diciembre de 2018.