Objeto

El objeto de esta línea de subvención es aumentar la creación
de empresas, mejorar la competitividad empresarial y reactivar
el consumo y la inversión en los sectores tractores de la
economía de la ciudad.

Dotación presupuestaria

34.200,00 euros

Límite

Cuantía de la subvención: hasta un máximo del 50 % del
coste del alquiler (excluido el IVA), los primeros 12 meses, y los siguientes 12 meses el 25 % del coste del alquiler (excluido el IVA).
Con carácter general, la ayuda está limitada a un máximo de 400,00 euros por mensualidad durante los primeros 12 meses y a 200,00 euros por mensualidad durante los segundos 12 meses.

Entidades beneficiarias

Podrán adquirir la condición de beneficiario las personas físicas o jurídicas o comunidades de bienes

Requisitos

a) Ser titulares de una actividad económica de nueva implantación.
b) Que la implantación de dicha actividad económica suponga una nueva apertura en el establecimiento. En los casos en los que suponga la continuación (total o parcial) de la actividad que viniera ejerciéndose previamente en él, los titulares (saliente y entrante) no tendrán relación de parentesco por consanguinidad o afinidad hasta el segundo grado inclusive. Excepcionalmente, será admisible la consanguinidad en los casos de jubilación o incapacidad permanente (absoluta o total) del titular saliente.
c) En los casos de traslado de una actividad de otra zona del municipio, no haber sido beneficiario de la ayuda «K-biziak alquiler» en los últimos 5 años.
d) Ser titulares de un contrato de arrendamiento sobre un local con acceso directo desde la vía pública en el que vaya a desarrollarse la actividad económica. A estos efectos, se considera que los locales situados en galerías comerciales tienen acceso directo desde la vía pública.
e) Que en el momento de la solicitud no hayan transcurrido más de seis meses desde el inicio de la actividad, para lo que se tomará como referencia la fecha de alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas en el domicilio tributario cuyo arrendamiento es objeto de subvención.
f) Haber tramitado ante este Ayuntamiento la «Comunicación previa de actividad» o la «Licencia de actividad» cuando proceda.
g) Que el coste de alquiler del local no supere los 12 €/m².

Plazos de tramitación

15/05/2019 – 31/10/2019