Objeto

Convocar para el año 2019, mediante régimen de concurrencia competitiva,ayudas selectivas para la producción de largometrajes sobre proyecto

Dotación presupuestaria

7.076.000,00 euros

Límite

El importe máximo de la ayuda que se conceda será de 500.000 euros por proyecto beneficiario, siempre que dicho importe no supere el 40 por 100 del coste que en su día sea reconocido al largometraje

Entidades beneficiarias

Las empresas productoras independientes. Las Agrupaciones de Interés Económico cuyo objeto social, según su inscripción en el registro mercantil, sea la realización de actividades de producción cinematográfica, siempre que reúnan la condición de productora independiente. Las empresas productoras no independientes, conforme a lo establecido en el artículo 4 n) de la Ley 55/2007, de 28 de diciembre, del Cine.

Requisitos

Los proyectos de largometraje, incluidos los realizados en régimen de
coproducción con empresas extranjeras, deben tener nacionalidad española.
Que el coste máximo de producción que, en su día, se reconozca al
largometraje sea de 1.800.000 euros, o de 3.000.000 euros en el caso de
largometrajes de animación.
Que se acredite en el momento de presentar la solicitud de la ayuda que el
proyecto tiene garantizada una financiación de, al menos, el 15 por cien del
presupuesto previsto para la producción del largometraje
Que, al menos, el 50 por cien de los gastos presupuestados del largometraje
se realicen en España o revierta en autores o en equipos técnicos, artísticos o de
servicios que posean residencia fiscal en España.
Que, al menos, un 10 por cien de los gastos presupuestados del largometraje
se destinen a copias, publicidad y promoción para su estreno comercial en salas
de exhibición cinematográfica.
Que el estreno del largometraje tenga lugar, como mínimo, en quince salas de
exhibición. Este número se reducirá a cinco en el caso de los largometrajes con
versión original en lenguas cooficiales y en el caso de largometrajes de carácter
documental. No se requiere que el estreno en las salas sea simultáneo.
Que la empresa productora solicitante de la ayuda, aisladamente o en conjunto
con sus empresas vinculadas haya producido, con una titularidad mínima sobre la
obra del 10%, en los últimos 6 años, u 8 años en el caso de proyectos de
animación, al menos, dos cortometrajes o un largometraje que hayan sido
calificados por grupos de edad y obtenido el correspondiente certificado de
nacionalidad española, o haya participado en una serie o película de televisión
como productora encargada de la producción.

Plazos de tramitación

12/05/2019 – 06/06/2019