EKINTZAILE

Apoyo a la maduración de una idea empresarial en un Centro de Empresas e Innovación. En caso de que la idea se convierta en empresa, puede acceder a préstamos favorables.

Beneficiarios y ámbito geográfico:

Personas físicas, microempresas, pymes y grandes empresas industriales o servicios conexos, País Vasco (Araba, Bizkaia y Gipuzkoa)

Organismo: SPRI (Sociedad para la promoción industrial)

AYUDA DE ACOMPAÑAMIENTO:

A la persona o equipo promotor, en el proceso de maduración de la idea y elaboración del Plan de Empresa, hasta la puesta en marcha. Esta ayuda tendrá la consideración de subvención a fondo perdido no reintegrable.

Tipo de ayuda:

1.- Hasta el 100% de los gastos subvencionables con un límite de 30.000 euros dentro del plazomáximo de 18 meses de ejecución.

2.- El CEI acompañará con su asesoramiento y facilitando ubicación física a las personas promotoras, en atención a la disponibilidad de espacio.

AYUDA DESTINADA A FACILITAR EL ACCESO A LA FINANCIACIÓN:

Acceso a la financiación de las inversiones necesarias para llevar a cabo el Plan de Empresa y que se materializará mediante la reducción del coste financiero para las operaciones de préstamo que se formalicen y según el convenio que a tal efecto se suscribe con Luzaro, Establecimiento Financiero de Crédito.

Tipo de ayuda:

1.- Consisten en operaciones de préstamo con las siguientes características: 

  • Importe mínimo: 40.000 euros.
  • Importe máximo: 180.000 euros.
  • Tipo de interés: euribor a seis meses + 1,25.
  • Plazo de amortización: 7 años.
  • Carencia: 2 años.
  • Cuotas trimestrales, a fin de cada trimestre natural.
  • Garantías: compromiso de ejecución del proyecto empresarial.
  • Comisión de apertura y estudio: exento

2.- Una vez Luzaro informe a S.P.R.I, S.A. del cobro, ésta abonará a la prestataria los siguientes importes:

  • Los intereses devengados en el período comprendido entre la fecha de formalización del préstamo y la finalización del trimestre natural en curso.
  • Los intereses generados en cada trimestre a lo largo de los 8 trimestres naturales siguientes.

Si la solicitante ya hubiera recibido ayuda de minimis (DOUE 2009 C 83/2001), la suma de todas las ayudas recibidas no podrá superar el límite de 200.000 euros en el periodo que comprende el ejercicio económico en curso y los dos ejercicios anteriores.

 

Condiciones:

1.- Concepto de PYME definido en el Anexo I del Reglamento (CE) n.º800/2008 de la Comisión de 6 de agosto de 2008.

  • Que emplee a menos de 250 trabajadores/as.
  • Que su volumen de negocio anual no supere los 50 millones de euros, o bien que su balance general anual no rebase los 43 millones de euros.

2.- En el caso de que la empresa esté asociada o vinculada con otras los requisitos anteriores deberá cumplirlos el grupo de empresas así formado. Artículo 4, ( BOPV Nº 205/2010)

3.- No tendrán la consideración de PYME las empresas que, aún reuniendo los demás requisitos descritos, en las que uno o más organismos públicos o colectividades públicas controlen el 25% o más de su capital social o de sus derechos de voto, a excepción de lo previsto para sociedades asociadas.

 

Requisitos para cualquiera de las ayudas:

Persona particular, grupo promotor o una empresa de nueva creación (menos de un año).

Plazos:

Fecha inicio: 01/012016
Fecha fin: 31/12/2016
Fecha límite presentación: 31/12/2016