El objeto de la presente Orden es establecer un esfuerzo de discriminación positiva de contenido territorial, dirigido hacia determinadas zonas que sufren con mayor gravedad la situación de desempleo, bien porque el efecto de la crisis económica les ha afectado más intensamente o bien porque existe una situación de deterioro estructural que dificulta su desarrollo.

Se trata de ayudas no reintegrables a empresas (grandes y pymes) por realización de inversiones en activos generadoras de empleo y ubicadas en las Zonas Margen Izquierda Ría del Nervión y Oiartzualdea de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

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